Detención en curso
Me han detenido: qué hacer, paso a paso
Si te han detenido a ti o a un familiar, lo que ocurre en las primeras horas es decisivo. Esto es lo que dice la ley sobre tus derechos y lo que conviene hacer —y no hacer— hasta que un abogado pueda asistirte. Si hay una persona detenida ahora mismo, contacta de inmediato. Mientras tanto, recuerda: tiene derecho a guardar silencio y a no declarar sin la asistencia previa de su abogado.
Si está pasando ahora, no rellenes nada.
Descolgamos a cualquier hora, también fines de semana y festivos. Si es una urgencia, te pasamos en ese momento con una persona del equipo.
- Hay una persona detenida o incomunicada
- Registro, entrada domiciliaria o intervención en curso
- Citación, juicio o comparecencia próximos
- Acabas de recibir una denuncia, querella o notificación judicial
¿No es urgente? Cuéntanos tu caso y te respondemos en menos de 24 horas.
Tus derechos como detenido (art. 520 LECrim)
Toda persona detenida tiene, reconocidos por la Ley de Enjuiciamiento Criminal, una serie de derechos irrenunciables: a ser informada de los hechos que se le imputan y de las razones de su detención, a guardar silencio y a no declarar contra sí misma, a no confesarse culpable, a designar abogado y a ser asistida por él.
También tiene derecho a que se comunique su detención a un familiar, a ser asistida gratuitamente por intérprete, a un reconocimiento médico y a acceder a los elementos de las actuaciones que sean esenciales para impugnar la detención.
El derecho a no declarar
No estás obligado a declarar ante la policía. Declarar o no, y en qué términos, es una decisión de estrategia que debe tomarse con tu abogado, después de conocer de qué se te acusa.
Lo que se diga en sede policial sin preparación puede condicionar todo el procedimiento. En la práctica, lo más prudente suele ser no declarar hasta haber hablado en privado con el letrado.
El plazo: 72 horas como máximo
La detención no puede durar más del tiempo estrictamente necesario y, en todo caso, no más de 72 horas. Transcurrido ese plazo, la persona debe ser puesta en libertad o a disposición de la autoridad judicial.
Si crees que una detención es ilegal o se prolonga indebidamente, existe el procedimiento de habeas corpus para que un juez revise de inmediato la situación y la legalidad de la privación de libertad.
Abogado de oficio o de confianza
Si no designas abogado, se te asignará uno de oficio, que asistirá la detención. Pero tienes derecho a designar en cualquier momento un abogado de tu confianza, también después de la primera asistencia.
Un abogado que conoce tu caso desde el principio y prepara contigo la declaración parte de una posición muy distinta a la de una asistencia puntual e improvisada.
Te detienen o te citan como investigado: tus derechos, plazos y errores
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Preguntas frecuentes
Lo que más nos preguntan
¿Cuánto tiempo pueden tenerme detenido?
La detención no puede superar las 72 horas. Antes de ese plazo debes ser puesto en libertad o a disposición del juez. Si se prolonga indebidamente, cabe instar un habeas corpus.
¿Tengo que declarar ante la policía?
No. Tienes derecho a guardar silencio y a no declarar contra ti mismo. Si declaras o no, y en qué términos, debe decidirse con tu abogado tras conocer los hechos que se te imputan.
¿Puedo cambiar el abogado de oficio por uno de confianza?
Sí, en cualquier momento. El abogado de oficio garantiza la asistencia inmediata, pero puedes designar un letrado de tu elección que dirija la defensa a partir de ese momento.
¿Qué es un habeas corpus?
Es un procedimiento urgente para que un juez examine de inmediato si una detención es legal y, en su caso, ordene la puesta en libertad. Sirve frente a detenciones ilegales o prolongadas indebidamente.
Asistencia penal cuando más cuenta
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Contenido divulgativo de JBH Asesoría Legal. No constituye asesoramiento jurídico ni crea relación abogado-cliente. Cada caso requiere análisis individualizado por un abogado colegiado.
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Escriba con sus palabras lo ocurrido, tanto si le investigan como si es usted la víctima. Un abogado penalista lo valora y le llama en las próximas horas. Al enviar, le creamos su cuenta para que suba la denuncia, la citación o el papel que tenga.
- Cuéntenos qué ha pasado. Dos minutos: su nombre, su teléfono y lo ocurrido.
- Le creamos su cuenta. Recibe un código por correo; con él entra y sube la documentación que tenga —denuncia, citación, carta del juzgado—. Una foto vale.
- Un abogado le llama en las próximas horas. Colegiado, y le dice quién es antes de empezar.
Si es urgente —una detención en curso o una citación con fecha—, llame al +34 872 290 320, a cualquier hora.