La ley que se aplica aquí
Apartado 01
Si está pasando ahora, no rellenes nada.
Descolgamos a cualquier hora, también fines de semana y festivos. Si es una urgencia, te pasamos con un abogado en la misma llamada.
¿No es urgente? Cuéntanos tu caso y te respondemos en menos de 24 horas.
- Hay una persona detenida o incomunicada
- Registro, entrada domiciliaria o intervención en curso
- Citación, juicio o comparecencia próximos
- Acabas de recibir una denuncia, querella o notificación judicial
Apartado 02
Qué significa ser "investigado"
Desde la reforma de 2015, la Ley de Enjuiciamiento Criminal sustituyó el término "imputado" por "investigado". Ser investigado significa que se te atribuye, de forma provisional, una posible relación con los hechos que se instruyen. Es una garantía: te otorga el derecho de defensa desde el primer momento.
No equivale a ser culpable. Rige la presunción de inocencia durante todo el procedimiento. Pero la forma en que afrontes la primera declaración influye decisivamente en cómo evoluciona la causa.
Apartado 03
Tus derechos al declarar
Como investigado tienes derecho a ser informado de los hechos que se te atribuyen, a guardar silencio, a no declarar contra ti mismo y a no confesarte culpable, y a ser asistido por abogado de tu elección.
También tienes derecho a conocer las actuaciones —salvo las declaradas secretas— para poder preparar tu defensa. Acceder al contenido del procedimiento antes de declarar es esencial.
Apartado 04
No acudas a declarar sin abogado
Ir a declarar sin haber estudiado el expediente y sin estrategia es el error más frecuente y más difícil de corregir. Una declaración improvisada puede fijar una versión que luego condiciona toda la defensa.
Antes de la declaración conviene revisar la documentación, anticipar las preguntas, decidir si declarar o acogerse al silencio y, en su caso, preparar con cuidado el relato y la prueba de descargo.
Apartado 05
Investigado, testigo y la diferencia que importa
No es lo mismo ser citado como testigo que como investigado. El testigo declara sobre hechos que conoce y tiene obligación de decir verdad; el investigado declara sobre hechos que se le atribuyen y puede no declarar.
Si la citación no deja claro en qué condición te llaman, es importante aclararlo antes de acudir: cambia por completo tus derechos y la forma de prepararte.
Apartado 06
Cómo preparamos tu declaración
- Estudio del procedimiento y de los hechos que se te atribuyen
- Decisión meditada: declarar o acogerse al derecho a no declarar
- Anticipación de las preguntas y de la prueba de cargo
- Preparación del relato y de la prueba de descargo, si procede
- Acompañamiento y asistencia letrada el día de la declaración
Apartado 07
Te detienen o te citan como investigado: tus derechos, plazos y errores
Derechos, plazos (72 h) y errores que pueden costarte el caso si te detienen o te citan como investigado.
Preguntas frecuentes
Apartado 08
Lo que más nos preguntan
¿Estar investigado significa que soy culpable?
¿Puedo no ir a declarar?
¿Qué diferencia hay entre investigado y testigo?
¿Necesito abogado para una simple declaración?
Apartado 09
Prepara tu declaración con criterio
Estudiamos tu citación y el procedimiento, y preparamos contigo la declaración. La evaluación inicial es gratuita y confidencial.
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Contenido divulgativo de JBH Asesoría Legal. No constituye asesoramiento jurídico ni crea relación abogado-cliente. Cada caso requiere análisis individualizado por un abogado colegiado.
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