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Artículo 9 Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Concursal

Falta de aportación de documentos. Texto oficial del BOE, literal, con su fecha de vigencia y el enlace al texto consolidado.

El texto oficial, literal

Falta de aportación de documentos

Cuando el deudor no acompañe a la solicitud alguno de los documentos exigidos o faltara en ellos alguno de los datos o de los requisitos establecidos en esta ley, deberá expresar en la solicitud de declaración de concurso la causa que lo motivara.

En lenguaje claro

El artículo 9 del Texto Refundido de la Ley Concursal se refiere a la solicitud de declaración de concurso presentada por el deudor, que ha de ir acompañada de los documentos, datos y requisitos establecidos en la ley.

Lo que dice este artículo es que, si el deudor no acompaña alguno de los documentos exigidos, o si en ellos falta alguno de los datos o requisitos establecidos en la ley, deberá expresar en la solicitud de declaración de concurso la causa que lo motivara.

Si se encuentra usted en esta situación, le recomendamos consultar con un abogado colegiado que valore su caso concreto.

Preguntas frecuentes

¿Qué pasa si no acompaño todos los documentos para solicitar el concurso?
El artículo obliga al deudor a expresar en la propia solicitud la causa que motivara la falta del documento o de alguno de sus datos o requisitos.
¿A quién se aplica esta obligación de expresar la causa?
Al deudor que presenta la solicitud de declaración de concurso cuando no acompañe algún documento exigido o falten en ellos datos o requisitos establecidos en la ley.

Explicación redactada con ayuda de inteligencia artificial y contrastada con el texto oficial del BOE el 3 de octubre de 2026. Explica lo que dice la norma; no es asesoramiento sobre su caso.

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