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PEN Penal

Artículo 820 Real Decreto de 14 de septiembre de 1882 por el que se aprueba la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Texto oficial del BOE, literal, con su fecha de vigencia y el enlace al texto consolidado.

El texto oficial, literal

No será bastante la confesión de un supuesto autor para que se le tenga como tal y para que no se dirija el procedimiento contra otras personas, si de las circunstancias de aquél o de las del delito resultaren indicios bastantes para creer que el confeso no fue el autor real del escrito o estampa publicados.

Pero una vez dictada sentencia firme en contra de los subsidiariamente responsables, no se podrá abrir nuevo procedimiento contra el responsable principal si llegare a ser conocido.

En lenguaje claro

El artículo 820 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal establece una regla sobre la confesión de quien se declara autor de un escrito o estampa publicados.

La norma indica que la confesión de un supuesto autor no basta, por sí sola, para tenerlo como tal ni para dejar de dirigir el procedimiento contra otras personas, cuando de las circunstancias del confeso o del delito resulten indicios bastantes para creer que no fue el autor real del escrito o estampa publicados.

El artículo añade que, una vez dictada sentencia firme en contra de los subsidiariamente responsables, no se podrá abrir nuevo procedimiento contra el responsable principal si llegare a ser conocido. Para analizar un caso concreto, se recomienda consultar con un abogado colegiado.

Preguntas frecuentes

¿Basta la confesión de alguien para considerarlo autor del escrito publicado?
No. Si hay indicios bastantes para creer que el confeso no fue el autor real, no se le tendrá como tal y el procedimiento podrá dirigirse contra otras personas.
¿Se puede abrir un nuevo procedimiento contra el responsable principal si aparece después?
No, si ya se ha dictado sentencia firme contra los responsables subsidiarios, no podrá abrirse un nuevo procedimiento contra el responsable principal aunque llegare a ser conocido.

Explicación redactada con ayuda de inteligencia artificial y contrastada con el texto oficial del BOE el 3 de octubre de 2026. Explica lo que dice la norma; no es asesoramiento sobre su caso.

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