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Artículo 736 Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Concursal

Publicidad y registro en el extranjero. Texto oficial del BOE, literal, con su fecha de vigencia y el enlace al texto consolidado.

El texto oficial, literal

Publicidad y registro en el extranjero

1. El juez, de oficio o a instancia de interesado, podrá acordar que se publique el contenido esencial del auto de declaración del concurso en cualquier Estado extranjero donde convenga a los intereses del concurso, con arreglo a las modalidades de publicación previstas en dicho Estado para los procedimientos de insolvencia.

2. La administración concursal podrá solicitar la publicidad registral en el extranjero del auto de declaración y de otros actos del procedimiento cuando así convenga a los intereses del concurso.

En lenguaje claro

Este artículo se refiere a la publicidad de un concurso de acreedores español fuera de España, cuando convenga a los intereses del concurso.

En primer lugar, el juez puede acordar, de oficio o a instancia de interesado, que se publique el contenido esencial del auto de declaración del concurso en cualquier Estado extranjero donde convenga a los intereses del concurso. Esa publicación se hará con arreglo a las modalidades previstas en dicho Estado para los procedimientos de insolvencia. En segundo lugar, la administración concursal puede solicitar la publicidad registral en el extranjero del auto de declaración y de otros actos del procedimiento cuando así convenga a los intereses del concurso. El artículo no detalla qué actos concretos pueden acceder a esos registros ni los requisitos exigidos por cada Estado.

Para aplicar este artículo a un caso concreto, le recomendamos consultar con un abogado colegiado.

Preguntas frecuentes

¿Quién puede pedir la publicación del auto en el extranjero?
El juez puede acordarla de oficio o a instancia de interesado, con arreglo a las modalidades previstas en el Estado extranjero.
¿Quién solicita la publicidad registral fuera de España?
La administración concursal, cuando convenga a los intereses del concurso, respecto del auto de declaración y de otros actos del procedimiento.

Explicación redactada con ayuda de inteligencia artificial y contrastada con el texto oficial del BOE el 3 de octubre de 2026. Explica lo que dice la norma; no es asesoramiento sobre su caso.

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