El texto oficial, literal
El testamento puede ser común o especial.
El común puede ser ológrafo, abierto o cerrado.
En lenguaje claro
El artículo 676 del Código Civil clasifica los tipos de testamento. Señala que un testamento puede pertenecer a dos grandes grupos: común o especial.
Dentro de los testamentos comunes, el artículo indica tres modalidades: ológrafo, abierto y cerrado. El artículo se limita a enumerarlos, sin definir en qué consiste cada uno ni fijar sus requisitos, remitiendo esas cuestiones a otros preceptos del propio Código.
Si tiene dudas sobre cuál es la forma de testamento más adecuada a su situación, le recomendamos consultar con un abogado colegiado.
Preguntas frecuentes
- ¿Qué tipos de testamento existen según el Código Civil?
- Según el artículo 676, el testamento puede ser común o especial.
- ¿Qué clases de testamento común hay?
- El testamento común puede ser ológrafo, abierto o cerrado.
Explicación redactada con ayuda de inteligencia artificial y contrastada con el texto oficial del BOE el 3 de octubre de 2026. Explica lo que dice la norma; no es asesoramiento sobre su caso.