El texto oficial, literal
Se consideran testamentos especiales el militar, el marítimo y el hecho en país extranjero.
En lenguaje claro
El artículo 677 del Código Civil enumera cuáles son los llamados «testamentos especiales». La ley distingue entre testamentos comunes y testamentos especiales, y este artículo se limita a indicar cuáles entran en esta segunda categoría.
Según el precepto, son testamentos especiales tres: el militar, el marítimo y el otorgado en país extranjero. El artículo no explica en qué consiste cada uno ni los requisitos que deben cumplir; solo los nombra. Para conocer su regulación concreta habrá que acudir a otros artículos del propio Código Civil.
Si usted se encuentra en una situación en la que necesita otorgar o interpretar uno de estos testamentos, le recomendamos consultar con un abogado colegiado que pueda estudiar su caso.
Preguntas frecuentes
- ¿Qué testamentos se consideran especiales?
- Según el artículo 677, se consideran testamentos especiales el militar, el marítimo y el hecho en país extranjero.
- ¿El artículo 677 explica cómo se hace un testamento militar?
- No. El artículo 677 se limita a enumerar los testamentos especiales, sin detallar sus requisitos.
Explicación redactada con ayuda de inteligencia artificial y contrastada con el texto oficial del BOE el 3 de octubre de 2026. Explica lo que dice la norma; no es asesoramiento sobre su caso.