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CIV Civil

Artículo 625 Real Decreto de 24 de julio de 1889 por el que se publica el Código Civil

Texto oficial del BOE, literal, con su fecha de vigencia y el enlace al texto consolidado.

El texto oficial, literal

Podrán aceptar donaciones todos los que no estén especialmente incapacitados por la ley para ello.

En lenguaje claro

El artículo 625 del Código Civil establece una regla general sobre quién puede aceptar una donación. Según este precepto, cualquier persona puede aceptar una donación, salvo que la ley le incapacite especialmente para ello.

La capacidad para aceptar donaciones es la regla, y la incapacidad es la excepción. El artículo no detalla cuáles son esos supuestos de incapacidad especial, sino que remite a lo que disponga la ley.

Si tiene dudas sobre su situación particular o sobre si le afecta alguna incapacidad legal para aceptar una donación, le recomendamos consultar con un abogado colegiado.

Preguntas frecuentes

¿Quién puede aceptar una donación según el Código Civil?
Pueden aceptar donaciones todas las personas que no estén especialmente incapacitadas por la ley para hacerlo.
¿Dónde se regulan las incapacidades para aceptar donaciones?
El artículo 625 no las enumera, sino que remite a lo que la ley establezca en cada caso.

Explicación redactada con ayuda de inteligencia artificial y contrastada con el texto oficial del BOE el 3 de octubre de 2026. Explica lo que dice la norma; no es asesoramiento sobre su caso.

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