El texto oficial, literal
Si la finca que haya de ser objeto de la refacción estuviere sujeta a cargas o derechos reales inscritos, no se hará la anotación, sino bien en virtud de convenio unánime por escritura pública entre el propietario y las personas a cuyo favor estuvieren constituidas aquéllas sobre el objeto de la refacción misma y el valor de la finca antes de empezar las obras, o bien en virtud de providencia judicial, dictada en expediente instruido para hacer constar dicho valor, y con citación de todas las indicadas personas.
En el Tribunal Constitucional
El Tribunal Constitucional cita este artículo en 3 sentencias de su repertorio, la primera de 2020. Las más recientes, con la frase en que lo hace:
STC 103/2020 ↗, de 21 de septiembre de 2020 · Recurso de amparo 5541-2018
…de la ejecución, alegando que procedía la suspensión del procedimiento por litispendencia, hasta la resolución de un proceso previo, al amparo del art. 61 de la Ley hipotecaria, la nulidad del despacho de ejecución al no haberse practicado la liquidación conforme…
Cada sentencia se refiere a la redacción del artículo que regía en su caso, que puede no ser la vigente que se lee arriba. Fuente: texto de las sentencias en el repertorio oficial del Tribunal Constitucional.