El texto oficial, literal
Artículo cincuenta y nueve · LOPJ
Artículo 59.
La Sala de lo Social del Tribunal Supremo conocerá de los recursos de casación y revisión y otros extraordinarios que establezca la ley en materias propias de este orden jurisdiccional.
En lenguaje claro
El artículo 59 de la Ley Orgánica del Poder Judicial se refiere a la Sala de lo Social del Tribunal Supremo y a los asuntos que le corresponden.
Según el texto, esta Sala conocerá de los recursos de casación, los recursos de revisión y otros recursos extraordinarios que establezca la ley, dentro de las materias propias de este orden jurisdiccional. El propio artículo remite a «la ley» para concretar esos otros recursos extraordinarios, sin detallarlos aquí.
Si tiene dudas concretas sobre si su caso puede llegar a esta Sala o qué recurso cabe interponer, le recomendamos consultar con un abogado colegiado que valore su situación particular.
Preguntas frecuentes
- ¿Qué asuntos resuelve la Sala de lo Social del Tribunal Supremo?
- Conoce de los recursos de casación, de revisión y otros recursos extraordinarios que establezca la ley, en materias propias de este orden jurisdiccional.
- ¿Dónde se regulan los demás recursos extraordinarios?
- El artículo se remite a lo que establezca la ley, sin especificar en su texto cuáles son esos otros recursos extraordinarios.
Explicación redactada con ayuda de inteligencia artificial y contrastada con el texto oficial del BOE el 3 de octubre de 2026. Explica lo que dice la norma; no es asesoramiento sobre su caso.