Saltar al contenido
Inteligencia artificial. Criterio jurídico. Un mismo equipo. Urgencias 24 h · 872 290 320
JBH Servicios Jurídicos DEFENSA PENAL

Explora JBH Legal

Todo el contexto. Un mismo punto de encuentro.

PlataformaVisión generalLetrado IAVigilante de PlazosModo Guardia 24 hSimulador de ConformidadLa plataforma en tu móvilSeguridad y confidencialidadCómo verificamos
ServiciosPenalCivilMercantilLaboralFamiliaFiscal y tributarioDemandas colectivasLey de la Segunda OportunidadPeritos judiciales y de parteDetective privado y pruebasMás áreas jurídicasServicios especializados
HerramientasCalculadora de plazosBuscador de jurisprudenciaVerificador de citasCalculadora de prescripciónCalculadora de penaGuía de la fase procesalDerechos del detenido¿Qué hacer si te detienen?Explicador de ECLI¿Vía civil o penal?Calculadora de retorno de la inversiónTodas las herramientas
RecursosGuías jurídicasEnciclopediaManuales y vídeosInsightsPara abogadosPara peritosPreguntas frecuentesCasos de éxito
Planes y preciosPlanes jurídicos e igualasTodos los planesCalcula tu planPrecios y costesHonorarios por materiaPrecio de un peritajeLa IA, por usoPlanes para despachos
SeguridadÁrea clienteÁrea abogados Evaluar mi caso Urgencias: 872 290 320

Artículo 575 Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial

Texto oficial del BOE, literal, con su fecha de vigencia y el enlace al texto consolidado.

El texto oficial, literal

Artículo quinientos setenta y cinco · LOPJ

Artículo 575.

1. El plazo de presentación de candidaturas será de un mes a contar desde el día siguiente a la fecha en que el Presidente del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial ordene la apertura de dicho plazo.

2. El Juez o Magistrado que desee presentar su candidatura para ser designado Vocal por el turno de origen judicial, dirigirá escrito al Presidente del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial en el que ponga de manifiesto su intención de ser designado Vocal. El mencionado escrito deberá ir acompañado de una memoria justificativa de las líneas de actuación que, a su juicio, debería desarrollar el Consejo General del Poder Judicial, así como de los veinticinco avales o el aval de la Asociación judicial exigidos legalmente para su presentación como candidato.

En lenguaje claro

El artículo 575 de la Ley Orgánica del Poder Judicial regula la presentación de candidaturas para ser designado Vocal del Consejo General del Poder Judicial por el turno de origen judicial, referido a Jueces y Magistrados.

En su primer apartado fija el plazo: un mes, que empieza a contar desde el día siguiente a la fecha en que el Presidente del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial ordene la apertura de dicho plazo. En el segundo apartado señala que el Juez o Magistrado dirigirá escrito al Presidente del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial manifestando su intención de ser designado Vocal.

Además, el artículo exige que ese escrito vaya acompañado de una memoria justificativa de las líneas de actuación que, a juicio del candidato, debería desarrollar el Consejo, y de los veinticinco avales o el aval de la Asociación judicial exigidos legalmente para su presentación como candidato. Para cualquier duda personal, consulte con un abogado colegiado.

Preguntas frecuentes

¿Qué plazo hay para presentar la candidatura a Vocal?
El plazo es de un mes, que se cuenta desde el día siguiente a la fecha en que el Presidente del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial ordene su apertura.
¿Qué documentos debe acompañar el Juez o Magistrado al presentarse?
Debe acompañar una memoria justificativa de las líneas de actuación que, a su juicio, debería desarrollar el Consejo y los veinticinco avales o el aval de la Asociación judicial exigidos legalmente.

Explicación redactada con ayuda de inteligencia artificial y contrastada con el texto oficial del BOE el 3 de octubre de 2026. Explica lo que dice la norma; no es asesoramiento sobre su caso.

DIEZ ÁREAS · UN MISMO MÉTODO