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CON Contencioso-administrativo

Artículo 57 Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público

Texto oficial del BOE, literal, con su fecha de vigencia y el enlace al texto consolidado.

El texto oficial, literal

Artículo 57. Los Ministerios.

1. La Administración General del Estado se organiza en Presidencia del Gobierno y en Ministerios, comprendiendo a cada uno de ellos uno o varios sectores funcionalmente homogéneos de actividad administrativa.

2. La organización en Departamentos ministeriales no obsta a la existencia de órganos superiores o directivos u Organismos públicos no integrados o dependientes, respectivamente, en la estructura general del Ministerio que con carácter excepcional se adscriban directamente al Ministro.

3. La determinación del número, la denominación y el ámbito de competencia respectivo de los Ministerios y las Secretarías de Estado se establecen mediante Real Decreto del Presidente del Gobierno.

En lenguaje claro

El artículo 57 de la Ley 40/2015 señala cómo se organiza la Administración General del Estado. Según este precepto, dicha Administración se estructura en la Presidencia del Gobierno y en los Ministerios, comprendiendo cada uno de ellos uno o varios sectores funcionalmente homogéneos de actividad administrativa.

El artículo también indica que esta organización en Departamentos ministeriales no impide la existencia de órganos superiores o directivos, ni de Organismos públicos, que no estén integrados o dependientes de la estructura general del Ministerio. Con carácter excepcional, estos pueden adscribirse directamente al Ministro.

Por último, el precepto señala que la determinación del número, la denominación y el ámbito de competencia de los Ministerios y las Secretarías de Estado se establece mediante Real Decreto del Presidente del Gobierno. Si tiene dudas sobre cómo le afecta esta norma, consulte con un abogado colegiado.

Preguntas frecuentes

¿Cómo se organiza la Administración General del Estado?
Se organiza en la Presidencia del Gobierno y en Ministerios, comprendiendo cada uno de ellos uno o varios sectores funcionalmente homogéneos de actividad administrativa.
¿Quién determina el número y la denominación de los Ministerios?
Se establece mediante Real Decreto del Presidente del Gobierno, que fija también las Secretarías de Estado y su ámbito de competencia.

Explicación redactada con ayuda de inteligencia artificial y contrastada con el texto oficial del BOE el 3 de octubre de 2026. Explica lo que dice la norma; no es asesoramiento sobre su caso.

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