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CIV Civil

Artículo 562 Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil

Impugnación de infracciones legales en el curso de la ejecución. Texto oficial del BOE, literal, con su fecha de vigencia y el enlace al texto consolidado.

El texto oficial, literal

Impugnación de infracciones legales en el curso de la ejecución

1. Con independencia de la oposición a la ejecución por el ejecutado según lo dispuesto en los artículos anteriores, todas las personas a que se refiere el artículo 538 podrán denunciar la infracción de normas que regulen los actos concretos del proceso de ejecución:

1.º Por medio del recurso de reposición establecido en la presente ley si la infracción constara o se cometiera en resolución del Tribunal de la ejecución o del Letrado de la Administración de Justicia.

2.º Por medio del recurso de apelación en los casos en que expresamente se prevea en esta Ley.

3.º Mediante escrito dirigido al Tribunal si no existiera resolución expresa frente a la que recurrir. En el escrito se expresará con claridad la resolución o actuación que se pretende para remediar la infracción alegada.

2. Si se alegase que la infracción entraña nulidad de actuaciones o el Tribunal lo estimase así, se estará a lo dispuesto en los artículos 225 y siguientes. Cuando dicha nulidad hubiera sido alegada ante el Letrado de la Administración de Justicia o éste entendiere que hay causa para declararla, dará cuenta al Tribunal que autorizó la ejecución para que resuelva sobre ello.

Cómo ha cambiado

Antes de la redacción vigente, el artículo 562 LEC tuvo 2 redacciones. Cada una rigió hasta el día en que entró en vigor la siguiente; las fechas y los textos son los del texto consolidado del BOE.

  1. Del 04/05/2010 al 01/10/2015 · redacción de la Ley 13/2009

    1. Con independencia de la oposición a la ejecución por el ejecutado según lo dispuesto en los artículos anteriores, todas las personas a que se refiere el artículo 538 podrán denunciar la infracción de normas que regulen los actos concretos del proceso de ejecución:

    1.º Por medio del recurso de reposición establecido en la presente ley si la infracción constara o se cometiera en resolución del Tribunal de la ejecución o del Secretario judicial.

    2.º Por medio del recurso de apelación en los casos en que expresamente se prevea en esta Ley.

    3.º Mediante escrito dirigido al Tribunal si no existiera resolución expresa frente a la que recurrir. En el escrito se expresará con claridad la resolución o actuación que se pretende para remediar la infracción alegada.

    2. Si se alegase que la infracción entraña nulidad de actuaciones o el Tribunal lo estimase así, se estará a lo dispuesto en los artículos 225 y siguientes. Cuando dicha nulidad hubiera sido alegada ante el Secretario judicial o éste entendiere que hay causa para declararla, dará cuenta al Tribunal que autorizó la ejecución para que resuelva sobre ello.

    Ya no está en vigor. BOE-A-2009-17493 en el BOE ↗

  2. Del 08/01/2001 al 04/05/2010 · redacción original

    1. Con independencia de la oposición a la ejecución por el ejecutado según lo dispuesto en los artículos anteriores, todas las personas a que se refiere el artículo 538 podrán denunciar la infracción de normas que regulen los actos concretos del proceso de ejecución:

    1.º Por medio del recurso de reposición establecido en la presente Ley si la infracción constara o se cometiera en resolución del tribunal de la ejecución.

    2.º Por medio del recurso de apelación en los casos en que expresamente se prevea en esta Ley.

    3.º Mediante escrito dirigido al Juzgado si no existiera resolución expresa frente a la que recurrir. En el escrito se expresará con claridad la resolución o actuación que se pretende para remediar la infracción alegada.

    2. Si se alegase que la infracción entraña nulidad de actuaciones o el tribunal lo estimase así, se estará a lo dispuesto en los artículos 225 y siguientes.

    Ya no está en vigor. BOE-A-2000-323 en el BOE ↗

Cómo encaja en su ley

Sale del propio texto de la ley: los artículos que este menciona y los que lo mencionan a él. Se leen juntos.

Remite a

En el Tribunal Constitucional

El Tribunal Constitucional cita este artículo en 7 sentencias de su repertorio, la primera de 2004. Las más recientes, con la frase en que lo hace:

  • STC 50/2021 ↗, de 3 de marzo de 2021 · Recurso de amparo 7580-2019

    …manera solidaria, entre otros, contra el recurrente. b) El demandante, mediante escrito registrado el 29 de noviembre de 2017, alegó, al amparo del art. 562.1.3 de la Ley de enjuiciamiento civil (LEC), una infracción procesal que entraña nulidad de actuaciones,…

  • STC 162/2020 ↗, de 16 de noviembre de 2020 · Recurso de amparo 968-2018

    …“reproduciendo la cuestión o bien mediante escrito, para los procesos declarativos, aunque también aplicable a los ejecutivos en consonancia con el art. 562.1.3 LEC”, además de la posibilidad de acudir al procedimiento declarativo correspondiente, pues el procedimiento…

  • STC 83/2018 ↗, de 16 de julio de 2018 · Recurso de amparo 3849-2017

    …(art. 178.1 de la Ley de enjuiciamiento civil: LEC), como es la nulidad de las actuaciones de un procedimiento de ejecución hipotecaria, pues el artículo 562.2 LEC dispone que “cuando [la] nulidad hubiera sido alegada ante el Secretario judicial o éste entendiere que…

  • STC 53/2010 ↗, de 4 de octubre de 2010 · Recurso de amparo 4242-2006

    …recurrentes pudieron formular oposición a la ejecución por motivos procesales (art. 559.1 LEC), optando sin embargo, al amparo de lo dispuesto en el art. 562.2 LEC, por la vía del incidente de nulidad para denunciar la indefensión sufrida por haberse despachado…

  • STC 245/2006 ↗, de 24 de julio de 2006 · Recurso de amparo 4919-2003

    …de 2003, razonándose que el Auto impugnado no es susceptible de recurso de apelación, por no estar previsto en materia de ejecución hipotecaria (arts. 562.1.2 y 698 LEC), a lo que se añade que tampoco cabe recurso contra las decisiones de inadmisión o desestimación del…

  • STC 235/2006 ↗, de 17 de julio de 2006 · Recurso de amparo 1564-2004

    …resolución judicial, sino la consecuencia y ejecución de resoluciones anteriores, de tal modo que incumple el principal requisito establecido por el art. 562.1.1 LEC para su admisión. 8. El 7 de octubre de 2005 tuvo entrada en este Tribunal escrito de alegaciones…

Cada sentencia se refiere a la redacción del artículo que regía en su caso, que puede no ser la vigente que se lee arriba. Fuente: texto de las sentencias en el repertorio oficial del Tribunal Constitucional.

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