El texto oficial, literal
Secretario del consejo de administración
1. El consejo de administración, previo informe de la comisión de nombramientos y retribuciones, designará a un secretario y, en su caso, a uno o a varios vicesecretarios. El mismo procedimiento se seguirá para acordar la separación del secretario y, en su caso, de cada vicesecretario. El secretario y los vicesecretarios podrán o no ser consejeros.
2. El secretario, además de las funciones asignadas por la ley y los estatutos sociales o el reglamento del consejo de administración, debe desempeñar las siguientes:
a) Conservar la documentación del consejo de administración, dejar constancia en los libros de actas del desarrollo de las sesiones y dar fe de su contenido y de las resoluciones adoptadas.
b) Velar por que las actuaciones del consejo de administración se ajusten a la normativa aplicable y sean conformes con los estatutos sociales y demás normativa interna.
c) Asistir al presidente para que los consejeros reciban la información relevante para el ejercicio de su función con la antelación suficiente y en el formato adecuado.
En lenguaje claro
Este artículo se refiere al secretario del consejo de administración. Indica cómo se nombra y qué funciones debe realizar.
El nombramiento del secretario, y en su caso de uno o varios vicesecretarios, lo hace el consejo de administración, previo informe de la comisión de nombramientos y retribuciones. El mismo trámite se aplica para acordar su separación. El secretario y los vicesecretarios podrán ser o no consejeros.
Además de las funciones que le atribuyan la ley, los estatutos o el reglamento del consejo, el secretario debe conservar la documentación del consejo, dejar constancia en los libros de actas del desarrollo de las sesiones y dar fe de su contenido y de las resoluciones adoptadas. También debe velar por que las actuaciones del consejo se ajusten a la normativa aplicable, a los estatutos y a la demás normativa interna, y asistir al presidente para que los consejeros reciban la información relevante con la antelación suficiente y en el formato adecuado. Para dudas concretas, consulte con un abogado colegiado.
Preguntas frecuentes
- ¿Quién nombra al secretario del consejo de administración?
- Lo designa el consejo de administración, previo informe de la comisión de nombramientos y retribuciones. El mismo procedimiento se sigue para separarlo.
- ¿El secretario tiene que ser consejero?
- No necesariamente. El artículo señala que el secretario y los vicesecretarios podrán ser o no consejeros.
Explicación redactada con ayuda de inteligencia artificial y contrastada con el texto oficial del BOE el 3 de octubre de 2026. Explica lo que dice la norma; no es asesoramiento sobre su caso.