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Artículo 526 Real Decreto de 24 de julio de 1889 por el que se publica el Código Civil

Texto oficial del BOE, literal, con su fecha de vigencia y el enlace al texto consolidado.

El texto oficial, literal

El que tuviere el uso de un rebaño o piara de ganado podrá aprovecharse de las crías, leche y lana en cuanto baste para su consumo y el de su familia, así como también del estiércol necesario para el abono de las tierras que cultive.

En lenguaje claro

El artículo 526 del Código Civil regula qué puede obtener la persona que tiene el derecho de uso sobre un rebaño o una piara de ganado.

Según este artículo, quien tiene ese uso puede aprovechar las crías, la leche y la lana del ganado, pero únicamente en la medida en que basten para cubrir su consumo y el de su familia. También puede quedarse con el estiércol necesario para abonar las tierras que él mismo cultive.

Si tiene dudas sobre un caso concreto, le recomendamos consultar con un abogado colegiado que pueda analizar su situación.

Preguntas frecuentes

¿Qué puede aprovechar quien tiene el uso de un rebaño?
Puede aprovechar las crías, la leche y la lana en cuanto baste para su consumo y el de su familia, así como el estiércol necesario para abonar las tierras que cultive.
¿Hay algún límite al aprovechamiento del ganado?
Sí, el artículo lo limita a lo que baste para el consumo propio y de la familia, y al estiércol necesario para las tierras cultivadas por quien tiene el uso.

Explicación redactada con ayuda de inteligencia artificial y contrastada con el texto oficial del BOE el 3 de octubre de 2026. Explica lo que dice la norma; no es asesoramiento sobre su caso.

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