El texto oficial, literal
El usufructo se extingue:
1.º Por muerte del usufructuario.
2.º Por expirar el plazo por el que se constituyó, o cumplirse la condición resolutoria consignada en el título constitutivo.
3.º Por la reunión del usufructo y la propiedad en una misma persona.
4.º Por la renuncia del usufructuario.
5.º Por la pérdida total de la cosa objeto del usufructo.
6.º Por la resolución del derecho del constituyente.
7.º Por prescripción.
En lenguaje claro
El artículo 513 del Código Civil enumera las causas por las que se extingue el usufructo.
Según el artículo, el usufructo se extingue por siete motivos: la muerte del usufructuario; el cumplimiento del plazo pactado o de la condición resolutoria fijada en el título constitutivo; la reunión del usufructo y la propiedad en una misma persona; la renuncia del usufructuario; la pérdida total de la cosa; la resolución del derecho de quien lo constituyó; y la prescripción. El artículo se limita a enunciar estas causas sin desarrollarlas.
Si usted tiene dudas sobre cómo le afecta esta norma en un caso concreto, lo recomendable es consultar con un abogado colegiado.
Preguntas frecuentes
- ¿Cuándo se extingue el usufructo?
- Se extingue por muerte del usufructuario, expiración del plazo o condición resolutoria, reunión del usufructo y la propiedad, renuncia, pérdida total de la cosa, resolución del derecho del constituyente o prescripción.
- ¿Qué pasa si se pierde la cosa objeto del usufructo?
- El artículo indica que el usufructo se extingue por la pérdida total de la cosa objeto del usufructo.
Explicación redactada con ayuda de inteligencia artificial y contrastada con el texto oficial del BOE el 3 de octubre de 2026. Explica lo que dice la norma; no es asesoramiento sobre su caso.