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Artículo 468 Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital

Derecho de separación de los accionistas. Texto oficial del BOE, literal, con su fecha de vigencia y el enlace al texto consolidado.

El texto oficial, literal

Derecho de separación de los accionistas

Los accionistas de las sociedades españolas que voten en contra del acuerdo de una fusión que implique la constitución de una sociedad anónima europea domiciliada en otro Estado miembro podrán separarse de la sociedad conforme a lo dispuesto en esta ley para los casos de separación de socios. Igual derecho tendrán los accionistas de una sociedad española que sea absorbida por una sociedad anónima europea domiciliada en otro Estado miembro.

En lenguaje claro

Este artículo reconoce a los accionistas de sociedades españolas un derecho de separación cuando la compañía participa en determinadas operaciones ligadas a la sociedad anónima europea.

El derecho se concede en dos supuestos. Primero, cuando el accionista vota en contra del acuerdo de una fusión que implique constituir una sociedad anónima europea domiciliada en otro Estado miembro. Segundo, cuando la sociedad española es absorbida por una sociedad anónima europea domiciliada en otro Estado miembro. El propio artículo remite a lo que esta misma ley establece para los casos de separación de socios, sin detallar aquí ese procedimiento.

Si está pensando ejercer este derecho, conviene que consulte su caso con un abogado colegiado antes de actuar.

Preguntas frecuentes

¿Quién puede separarse de la sociedad según este artículo?
Los accionistas de sociedades españolas que voten en contra del acuerdo de fusión que implique constituir una sociedad anónima europea domiciliada en otro Estado miembro, y también los accionistas de una sociedad española que sea absorbida por una sociedad anónima europea domiciliada en otro Estado miembro.
¿Cómo se ejerce este derecho de separación?
El artículo indica que se ejerce conforme a lo dispuesto en esta misma ley para los casos de separación de socios, sin detallar aquí esa regulación.

Explicación redactada con ayuda de inteligencia artificial y contrastada con el texto oficial del BOE el 3 de octubre de 2026. Explica lo que dice la norma; no es asesoramiento sobre su caso.

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