El texto oficial, literal
Sujetos pasivos
1. Serán sujetos pasivos de las tasas los solicitantes de visado y las personas en cuyo favor se concedan las autorizaciones o se expidan los documentos previstos en el artículo 44, salvo en las autorizaciones de trabajo por cuenta ajena, en cuyo caso será sujeto pasivo el empleador o empresario, excepto en el supuesto de relaciones laborales en el sector del servicio doméstico de carácter parcial o discontinuo, en que lo será el propio trabajador.
2. Será nulo todo pacto por el que el trabajador por cuenta ajena asuma la obligación de pagar en todo o en parte el importe de las tasas establecidas.
Cómo ha cambiado
Antes de la redacción vigente, el artículo 46 LOEX tuvo 3 redacciones. Cada una rigió hasta el día en que entró en vigor la siguiente; las fechas y los textos son los del texto consolidado del BOE.
Del 21/12/2003 al 13/12/2009 · redacción de una reforma
1. Serán sujetos pasivos de las tasas los solicitantes de visado y las personas en cuyo favor se concedan las autorizaciones o se expidan los documentos previstos en el artículo 44, salvo en las autorizaciones de trabajo por cuenta ajena, en cuyo caso será sujeto pasivo el empleador o empresario.
2. Será nulo todo pacto por el que el trabajador por cuenta ajena asuma la obligación de pagar en todo o en parte el importe de las tasas establecidas por la concesión, renovación, modificación o prórroga del contrato de trabajo.
Ya no está en vigor. BOE-A-2003-21187 en el BOE ↗
Del 23/01/2001 al 21/12/2003 · redacción de la Ley Orgánica 8/2000
1. Serán sujetos pasivos de las tasas las personas en cuyo favor se concedan las autorizaciones o se expidan los documentos previstos en el artículo 44 salvo en los permisos de trabajo por cuenta ajena, en cuyo caso será sujeto pasivo el empleador o empresario.
2. Será nulo todo pacto por el que el trabajador por cuenta ajena asuma la obligación de pagar en todo o en parte el importe de las tasas establecidas por la concesión, renovación, modificación o prórroga del contrato de trabajo.
Ya no está en vigor. BOE-A-2000-23660 en el BOE ↗
Del 01/02/2000 al 23/01/2001 · redacción original
El ejercicio de la potestad sancionadora por la comisión de las infracciones administrativas previstas en la presente Ley Orgánica, se ajustará a la dispuesto en la misma y en sus disposiciones de desarrollo, y en la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Ya no está en vigor. BOE-A-2000-544 en el BOE ↗
Cómo encaja en su ley
Sale del propio texto de la ley: los artículos que este menciona y los que lo mencionan a él. Se leen juntos.
Remite a
- Artículo 44 LOEX · Hecho imponible