El texto oficial, literal
1. El testigo que faltare a la verdad en su testimonio en causa judicial, será castigado con las penas de prisión de seis meses a dos años y multa de tres a seis meses.
2. Si el falso testimonio se diera en contra del reo en causa criminal por delito, las penas serán de prisión de uno a tres años y multa de seis a doce meses. Si a consecuencia del testimonio hubiera recaído sentencia condenatoria, se impondrán las penas superiores en grado.
3. Las mismas penas se impondrán si el falso testimonio tuviera lugar ante Tribunales Internacionales que, en virtud de Tratados debidamente ratificados conforme a la Constitución Española, ejerzan competencias derivadas de ella, o se realizara en España al declarar en virtud de comisión rogatoria remitida por un Tribunal extranjero.
En el Tribunal Constitucional
El Tribunal Constitucional cita este artículo en 3 sentencias de su repertorio, la primera de 2006. Las más recientes, con la frase en que lo hace:
STC 143/2021 ↗, de 12 de julio de 2021 · Recurso de amparo 5776-2019
…llamados a declarar como testigos, bajo juramento o promesa de decir verdad y apercibimiento de las penas establecidas para el falso testimonio [art. 458.1 del Código penal (CP)]. El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción de Ubrique desestimó la pretensión del…
STC 45/2006 ↗, de 13 de febrero de 2006 · Recurso de amparo 6478-2003
…de Correos haber puesto la fecha en la mayoría de los acuses de recibo. En cuanto al delito de falso testimonio, se aduce que la conducta típica del art. 458 CP requiere, además de un componente objetivo (faltar a la verdad), un elemento subjetivo, consistente en la…
Cada sentencia se refiere a la redacción del artículo que regía en su caso, que puede no ser la vigente que se lee arriba. Fuente: texto de las sentencias en el repertorio oficial del Tribunal Constitucional.