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PEN Penal

Artículo 452 Real Decreto de 14 de septiembre de 1882 por el que se aprueba la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Texto oficial del BOE, literal, con su fecha de vigencia y el enlace al texto consolidado.

El texto oficial, literal

El careo se verificará ante el Juez, leyendo el Secretario a los procesados o testigos entre quienes tenga lugar el acto las declaraciones que hubiesen prestado y preguntando el primero a los testigos, después de recordarles su juramento y las penas de falso testimonio, si se ratifican en ellas o tienen alguna variación que hacer.

El Juez manifestará en seguida las contradicciones que resulten en dichas declaraciones, e invitará a los careados para que se pongan de acuerdo entre sí.

En lenguaje claro

Este artículo regula cómo se verifica el careo.

El acto se verifica ante el Juez. El Secretario lee a los procesados o testigos entre quienes tiene lugar el acto las declaraciones que hubiesen prestado, y el Juez, tras recordar a los testigos su juramento y las penas de falso testimonio, les pregunta si se ratifican en ellas o si tienen alguna variación que hacer. A continuación, el Juez manifiesta las contradicciones que resulten de dichas declaraciones e invita a los careados a que se pongan de acuerdo entre sí.

Si necesita orientación sobre un caso concreto, consulte con un abogado colegiado.

Preguntas frecuentes

¿Ante quién se verifica el careo y quién invita a los careados a ponerse de acuerdo?
El careo se verifica ante el Juez, que es quien manifiesta las contradicciones resultantes e invita a los careados a que se pongan de acuerdo entre sí.
¿Qué se recuerda al testigo antes de preguntarle si se ratifica?
Según el artículo, antes de preguntar al testigo si se ratifica en su declaración o tiene alguna variación que hacer, se le recuerdan su juramento y las penas de falso testimonio.

Explicación redactada con ayuda de inteligencia artificial y contrastada con el texto oficial del BOE el 3 de octubre de 2026. Explica lo que dice la norma; no es asesoramiento sobre su caso.

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