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Artículo 45 Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Concursal

Competencia territorial. Texto oficial del BOE, literal, con su fecha de vigencia y el enlace al texto consolidado.

El texto oficial, literal

Competencia territorial

1. La competencia para declarar y tramitar el concurso corresponde al juez en cuyo territorio tenga el deudor el centro de sus intereses principales. Por centro de los intereses principales se entenderá el lugar donde el deudor ejerce de modo habitual y reconocible por terceros la administración de tales intereses.

2. En caso de deudor persona jurídica, se presume que el centro de sus intereses principales se halla en el lugar del domicilio social. Será ineficaz a estos efectos el cambio de domicilio inscrito en el Registro mercantil dentro de los seis meses anteriores a la solicitud del concurso, cualquiera que sea la fecha en que se hubiera acordado o decidido.

3. Si el domicilio del deudor y el centro de sus intereses principales radicara en territorio español, aunque en lugares diferentes, será también competente, a elección del acreedor solicitante, el juez en cuyo territorio radique el domicilio.

En lenguaje claro

El artículo 45 del texto refundido de la Ley Concursal fija qué juez es competente para declarar y tramitar un concurso. La regla general es que corresponde al juez del lugar donde el deudor tenga el centro de sus intereses principales, entendido como el lugar donde el deudor ejerce de modo habitual y reconocible por terceros la administración de tales intereses.

Cuando el deudor es una persona jurídica, se presume que ese centro se halla en el lugar del domicilio social. El cambio de domicilio inscrito en el Registro Mercantil dentro de los seis meses anteriores a la solicitud del concurso será ineficaz a estos efectos, cualquiera que sea la fecha en que se hubiera acordado o decidido.

Además, si el domicilio del deudor y el centro de sus intereses principales radican en territorio español en lugares diferentes, será también competente, a elección del acreedor solicitante, el juez en cuyo territorio radique el domicilio. Para su caso concreto, consulte con un abogado colegiado.

Preguntas frecuentes

¿Qué juez es competente para declarar el concurso?
El juez en cuyo territorio el deudor tenga el centro de sus intereses principales, entendido como el lugar donde administra de modo habitual y reconocible por terceros tales intereses.
¿Qué pasa si una empresa cambia de domicilio antes de pedir el concurso?
El cambio de domicilio inscrito en el Registro Mercantil dentro de los seis meses anteriores a la solicitud del concurso es ineficaz a estos efectos, cualquiera que sea la fecha en que se hubiera acordado o decidido.

Explicación redactada con ayuda de inteligencia artificial y contrastada con el texto oficial del BOE el 3 de octubre de 2026. Explica lo que dice la norma; no es asesoramiento sobre su caso.

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