El texto oficial, literal
Las preguntas que se le hagan en todas las declaraciones que hubiere de prestar se dirigirán a la averiguación de los hechos y a la participación en ellos del procesado y de las demás personas que hubieren contribuido a ejecutarlos o encubrirlos.
Las preguntas serán directas, sin que por ningún concepto puedan hacérsele de un modo capcioso o sugestivo.
Tampoco se podrá emplear con el procesado género alguno de coacción o amenaza.
En el Tribunal Constitucional
El Tribunal Constitucional cita este artículo en una sentencia de su repertorio. Las más recientes, con la frase en que lo hace:
STC 37/1989 ↗, de 15 de febrero de 1989 · Recurso de amparo 235-1987
…y a no confesarse culpable (art. 24.2 de la Constitución). Al efecto, se observa que la demandante, en realidad, no declaró en calidad de testigo (art. 389 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal), sino que fue objeto «de un interrogatorio, propio del que se efectúa…
Cada sentencia se refiere a la redacción del artículo que regía en su caso, que puede no ser la vigente que se lee arriba. Fuente: texto de las sentencias en el repertorio oficial del Tribunal Constitucional.