El texto oficial, literal
1. La localización permanente tendrá una duración de hasta seis meses. Su cumplimiento obliga al penado a permanecer en su domicilio o en lugar determinado fijado por el Juez en sentencia o posteriormente en auto motivado.
No obstante, en los casos en los que la localización permanente esté prevista como pena principal, atendiendo a la reiteración en la comisión de la infracción y siempre que así lo disponga expresamente el concreto precepto aplicable, el Juez podrá acordar en sentencia que la pena de localización permanente se cumpla los sábados, domingos y días festivos en el centro penitenciario más próximo al domicilio del penado
2. Si el reo lo solicitare y las circunstancias lo aconsejaren, oído el ministerio fiscal, el juez o tribunal sentenciador podrá acordar que la condena se cumpla durante los sábados y domingos o de forma no continuada.
3. Si el condenado incumpliera la pena, el juez o tribunal sentenciador deducirá testimonio para proceder de conformidad con lo que dispone el artículo 468.
4. Para garantizar el cumplimiento efectivo, el Juez o Tribunal podrá acordar la utilización de medios mecánicos o electrónicos que permitan la localización del reo.
En lenguaje claro
El artículo 37 del Código Penal regula la pena de localización permanente. Esta pena obliga a la persona condenada a permanecer en su domicilio o en otro lugar que fije el Juez en la sentencia o después en un auto motivado, y puede durar hasta seis meses.
Cuando esta pena está prevista como pena principal, el Juez puede acordar en sentencia, atendiendo a la reiteración en la comisión de la infracción y siempre que el precepto aplicable lo disponga expresamente, que se cumpla los sábados, domingos y festivos en el centro penitenciario más próximo al domicilio. Además, si la persona condenada lo pide y las circunstancias lo aconsejan, tras oír al ministerio fiscal, el juez o tribunal sentenciador puede acordar que la condena se cumpla los sábados y domingos o de forma no continuada.
Si la persona no cumple la condena, el Juez remitirá la documentación necesaria para actuar según lo que establece el artículo 468, cuyo contenido no se detalla aquí. También se permite usar medios mecánicos o electrónicos para controlar que la persona cumple la pena.
Para valorar un caso concreto, conviene acudir a un abogado colegiado.
Preguntas frecuentes
- ¿Cuánto dura la localización permanente?
- Tiene una duración de hasta seis meses.
- ¿Se puede cumplir solo los fines de semana?
- Sí, si el condenado lo solicita y las circunstancias lo aconsejan, oído el ministerio fiscal, el juez puede acordar que se cumpla los sábados y domingos o de forma no continuada.
Explicación redactada con ayuda de inteligencia artificial y contrastada con el texto oficial del BOE el 30 de septiembre de 2026. Explica lo que dice la norma; no es asesoramiento sobre su caso.
Cómo ha cambiado
Antes de la redacción vigente, el artículo 37 CP tuvo 2 redacciones. Cada una rigió hasta el día en que entró en vigor la siguiente; las fechas y los textos son los del texto consolidado del BOE.
Del 01/10/2004 al 23/12/2010 · redacción de una reforma
1. La localización permanente tendrá una duración de hasta 12 días. Su cumplimiento obliga al penado a permanecer en su domicilio o en lugar determinado fijado por el juez en sentencia.
2. Si el reo lo solicitare y las circunstancias lo aconsejaren, oído el ministerio fiscal, el juez o tribunal sentenciador podrá acordar que la condena se cumpla durante los sábados y domingos o de forma no continuada.
3. Si el condenado incumpliera la pena, el juez o tribunal sentenciador deducirá testimonio para proceder de conformidad con lo que dispone el artículo 468.
Ya no está en vigor. BOE-A-2003-21538 en el BOE ↗
Del 24/05/1996 al 01/10/2004 · redacción original
1. El arresto de fin de semana tendrá una duración de treinta y seis horas y equivaldrá, en cualquier caso, a dos días de privación de libertad. Tan sólo podrán imponerse como máximo veinticuatro fines de semana como arresto, salvo que la pena se imponga como sustitutiva de otra privativa de libertad; en tal caso su duración será la que resulte de la aplicación de las reglas contenidas en el artículo 88 de este Código.
2. Su cumplimiento tendrá lugar durante los viernes, sábados o domingos en el establecimiento penitenciario más próximo al domicilio del arrestado.
No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior, si las circunstancias lo aconsejaran, el Juez o Tribunal sentenciador podrá ordenar, previo acuerdo del reo y oído el Ministerio Fiscal, que el arresto de fin de semana se cumpla en otros días de la semana, o de no existir Centro penitenciario en el partido judicial donde resida el penado, siempre que fuera posible, en depósitos municipales.
3. Si el condenado incurriera en dos ausencias no justificadas, el Juez de Vigilancia, sin perjuicio de deducir testimonio por el quebrantamiento de condena, podrá acordar que el arresto se ejecute ininterrumpidamente.
4. Las demás circunstancias de ejecución se establecerán reglamentariamente de acuerdo con lo dispuesto en la Ley penitenciaria, cuyas normas se aplicarán supletoriamente en lo no previsto expresamente en este Código.
Ya no está en vigor. BOE-A-1995-25444 en el BOE ↗
Cómo encaja en su ley
Sale del propio texto de la ley: los artículos que este menciona y los que lo mencionan a él. Se leen juntos.
Remite a
Lo mencionan
En el Tribunal Constitucional
El Tribunal Constitucional cita este artículo en 4 sentencias de su repertorio, la primera de 2009. Las más recientes, con la frase en que lo hace:
STC 183/2021 ↗, de 27 de octubre de 2021 · Recurso de inconstitucionalidad 5342-2020
…reconoce a un penado durante el cumplimiento de la pena de localización permanente, que es nulo. Basta comparar el art. 5.1 del real decreto con el art. 37 del Código penal. Es más, debe recordarse que después de la modificación del Real Decreto 926/2020 por el…
STC 148/2021 ↗, de 14 de julio de 2021 · Recurso de inconstitucionalidad 2054-2020
…de carácter leve cuyo “cumplimiento obliga al penado a permanecer en su domicilio o el lugar determinado fijado por el juez en la sentencia” [arts. 35, 33.4 h) y 37.1 del Código penal]. El Tribunal Constitucional ha señalado que esta pena afecta al bien jurídico de la…
STC 4/2015 ↗, de 19 de enero de 2015 · Cuestión de inconstitucionalidad 7360-2013
…general de decretar que la pena de localización permanente se cumpla en centro penitenciario en atención a la reiteración del hecho recogida en el art. 37.1 CP. Cabe por ello concluir que, en el presente supuesto, la aplicabilidad del precepto está deficientemente…
STC 155/2009 ↗, de 25 de junio de 2009 · Recurso de amparo 7329-2008
…tipificada en el art. 623.1 CP, a la pena de doce días de localización permanente, que habría de cumplir en su domicilio, de conformidad con el art. 37 CP y el Real Decreto 515/2005, de 6 de mayo, por el que se establecen las circunstancias de ejecución de las…
Cada sentencia se refiere a la redacción del artículo que regía en su caso, que puede no ser la vigente que se lee arriba. Fuente: texto de las sentencias en el repertorio oficial del Tribunal Constitucional.