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Artículo 348 Real Decreto de 24 de julio de 1889 por el que se publica el Código Civil

Texto oficial del BOE, literal, con su fecha de vigencia y el enlace al texto consolidado.

El texto oficial, literal

La propiedad es el derecho de gozar y disponer de una cosa o de un animal, sin más limitaciones que las establecidas en las leyes.

El propietario tiene acción contra el tenedor y el poseedor de la cosa o del animal para reivindicarlo.

Cómo ha cambiado

Antes de la redacción vigente, el artículo 348 CC tuvo otra redacción. Cada una rigió hasta el día en que entró en vigor la siguiente; las fechas y los textos son los del texto consolidado del BOE.

  1. Del 16/08/1889 al 05/01/2022 · redacción original

    La propiedad es el derecho de gozar y disponer de una cosa, sin más limitaciones que las establecidas en las leyes.

    El propietario tiene acción contra el tenedor y el poseedor de la cosa para reivindicarla.

    Ya no está en vigor. BOE-A-1889-4763 en el BOE ↗

En el Tribunal Constitucional

El Tribunal Constitucional cita este artículo en 14 sentencias de su repertorio, la primera de 1987. Las más recientes, con la frase en que lo hace:

  • STC 16/2021 ↗, de 28 de enero de 2021 · Recurso de inconstitucionalidad 2577-2020

    …ilegalmente y que se obligue al dueño a ofrecer un alquiler social cercenan las tres facultades de todo propietario: gozar, disponer y reivindicar (arts. 348 del Código civil y 544-1, 544-2 y 544-3 del Código civil de Cataluña) La regulación, además, carece “de toda…

  • STC 95/2017 ↗, de 6 de julio de 2017 · Recurso de inconstitucionalidad 2465-2016

    …se consideran las leyes civiles que regulan la propiedad, “existen múltiples disposiciones que regulan situaciones de temporalidad, empezando por el art. 348 CC [Código civil], que al definir la propiedad como el derecho a gozar y disponer de una cosa, sin más…

  • STC 141/2014 ↗, de 11 de septiembre de 2014 · Recursos de inconstitucionalidad 6963-2007, 7231-2008, 6965-2007, 6964-2007, 7020-2008, 6973-2007 (acumulados)

    …una transformación tan profunda que impide concebirla hoy como una figura jurídica reconducible exclusivamente al tipo abstracto descrito en el art. 348 del Código Civil”, pues “la progresiva incorporación de finalidades sociales… ha producido una…

  • STC 112/2006 ↗, de 5 de abril de 2006 · Recurso de inconstitucionalidad 3967-1997

    …este Tribunal ya puso de manifiesto, “impide considerarlo hoy como una figura jurídica reconducible exclusivamente al tipo extremo descrito en el art. 348 del Código civil”, habiéndose producido, por el contrario, “una extraordinaria diversificación de la…

  • STC 281/2005 ↗, de 7 de noviembre de 2005 · Recurso de amparo 874-2002

    …sobre la base de la existencia previa de ese derecho puede limitarse el derecho de propiedad de la empresa en su facultad de disposición (art. 348 CC) sobre el uso del mecanismo tecnológico por ella establecido, y sólo sobre esa base sería aceptable la…

  • STC 204/2004 ↗, de 18 de noviembre de 2004 · Cuestiones de inconstitucionalidad 2084-1995, 3406-1997 (acumulados)

    …este Tribunal ya puso de manifiesto, "impide considerarlo hoy como una figura jurídica reconducible exclusivamente al tipo extremo descrito en el art. 348 del Código civil", habiéndose producido, por el contrario, "una extraordinaria diversificación de la…

Cada sentencia se refiere a la redacción del artículo que regía en su caso, que puede no ser la vigente que se lee arriba. Fuente: texto de las sentencias en el repertorio oficial del Tribunal Constitucional.

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