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CIV Civil

Artículo 314 Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil

Prohibición de reiterar el interrogatorio de las partes. Texto oficial del BOE, literal, con su fecha de vigencia y el enlace al texto consolidado.

El texto oficial, literal

Prohibición de reiterar el interrogatorio de las partes

No procederá interrogatorio de las partes o personas a que se refiere el apartado 2 del artículo 301 sobre los mismos hechos que ya hayan sido objeto de declaración por esas partes o personas.

Cómo encaja en su ley

Sale del propio texto de la ley: los artículos que este menciona y los que lo mencionan a él. Se leen juntos.

Remite a

En el Tribunal Constitucional

El Tribunal Constitucional cita este artículo en 3 sentencias de su repertorio, la primera de 2004. Las más recientes, con la frase en que lo hace:

  • STC 159/2005 ↗, de 20 de junio de 2005 · Recurso de amparo 6754-2000

    …juicios orales sean públicos, que tengan lugar en régimen de audiencia pública, salvo que excepcionalmente acuerden su celebración a puerta cerrada (arts. 313 y 314 LEC y 680 LECrim), por lo que son ellos los que pueden, en el ejercicio de su función jurisdiccional,…

  • STC 56/2004 ↗, de 19 de abril de 2004 · Recurso de amparo 3445-1999

    …juicios orales sean públicos, que tengan lugar en régimen de audiencia pública, salvo que excepcionalmente acuerden su celebración a puerta cerrada (arts. 313 y 314 LEC y 680 LECrim), pero no les corresponde adoptar medidas que puedan afectar al funcionamiento del Tribunal…

Cada sentencia se refiere a la redacción del artículo que regía en su caso, que puede no ser la vigente que se lee arriba. Fuente: texto de las sentencias en el repertorio oficial del Tribunal Constitucional.

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