El texto oficial, literal
Declaración sobre hechos no personales del interrogado
Cuando alguna pregunta se refiera a hechos que no sean personales del declarante éste habrá de responder según sus conocimientos, dando razón del origen de éstos, pero podrá proponer que conteste también a la pregunta un tercero que tenga conocimiento personal de los hechos, por sus relaciones con el asunto, aceptando las consecuencias de la declaración.
Para que se admita esta sustitución deberá ser aceptada por la parte que hubiese propuesto la prueba. De no producirse tal aceptación, el declarante podrá solicitar que la persona mencionada sea interrogada en calidad de testigo, decidiendo el tribunal lo que estime procedente.
En lenguaje claro
El artículo 308 de la Ley de Enjuiciamiento Civil se aplica cuando, durante el interrogatorio de una parte, se le pregunta por hechos que no son personales suyos.
En ese caso, quien declara tiene que responder según sus conocimientos y dar razón del origen de los mismos. Además, puede proponer que conteste a la pregunta un tercero que tenga conocimiento personal de los hechos por sus relaciones con el asunto, aceptando dicho tercero las consecuencias de la declaración. Para que esta sustitución se admita, la parte que propuso la prueba debe aceptarla.
Si no se produce esa aceptación, quien declara puede solicitar que esa persona sea interrogada en calidad de testigo, y el tribunal decidirá lo que estime procedente. Para su caso concreto, consulte con un abogado colegiado.
Preguntas frecuentes
- ¿Qué pasa si me preguntan por hechos que no son personales míos?
- Debe responder según sus conocimientos y dar razón del origen de los mismos, pudiendo proponer que conteste un tercero con conocimiento personal de los hechos por sus relaciones con el asunto.
- ¿Quién decide si el tercero declara como testigo?
- Si la parte que propuso la prueba no acepta la sustitución, el tribunal decidirá lo que estime procedente sobre interrogar a esa persona como testigo.
Explicación redactada con ayuda de inteligencia artificial y contrastada con el texto oficial del BOE el 3 de octubre de 2026. Explica lo que dice la norma; no es asesoramiento sobre su caso.