El texto oficial, literal
Aplicación de las normas de la Ley de Enjuiciamiento Civil
Las sentencias favorables al trabajador o beneficiario que no puedan ser ejecutadas provisionalmente conforme a esta Ley podrán serlo en la forma y condiciones establecidas en la legislación procesal civil.
En lenguaje claro
El artículo 305 de la Ley reguladora de la jurisdicción social se refiere a las sentencias dictadas a favor del trabajador o del beneficiario. En concreto, trata el supuesto en el que esas sentencias no se pueden ejecutar de forma provisional conforme a la propia Ley reguladora de la jurisdicción social.
En esos casos, el artículo permite que puedan ejecutarse en la forma y condiciones establecidas en la legislación procesal civil. El propio artículo no detalla cuáles son esos requisitos, sino que se remite a esa otra norma.
Si tiene dudas sobre su situación concreta, le recomendamos consultar con un abogado colegiado.
Preguntas frecuentes
- ¿A quién se aplica este artículo?
- A las sentencias favorables al trabajador o al beneficiario que no puedan ejecutarse provisionalmente conforme a la Ley reguladora de la jurisdicción social.
- ¿Qué normas se aplican entonces para ejecutarlas?
- Se aplican la forma y las condiciones establecidas en la legislación procesal civil.
Explicación redactada con ayuda de inteligencia artificial y contrastada con el texto oficial del BOE el 3 de octubre de 2026. Explica lo que dice la norma; no es asesoramiento sobre su caso.