El texto oficial, literal
Infracciones y sanciones
En materia de infracciones y sanciones, se estará a lo dispuesto en este título y en el texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto.
En lenguaje claro
El artículo 302 de la Ley General de la Seguridad Social se refiere a las infracciones y las sanciones. Es una norma breve que no describe conductas concretas ni fija sanciones, sino que remite a otras normas.
En concreto, el artículo remite a dos sitios: al propio título en el que está incluido dentro de la Ley General de la Seguridad Social, y al texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto. El artículo no detalla el contenido de esas normas.
Si tiene dudas sobre cómo le afecta este artículo a su caso concreto, le recomendamos consultar con un abogado colegiado.
Preguntas frecuentes
- ¿Qué normas regulan las infracciones y sanciones en la Seguridad Social según este artículo?
- Se estará a lo dispuesto en el propio título de la Ley General de la Seguridad Social y en el texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social.
- ¿Dónde está aprobada la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social?
- Está aprobada por el Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, según indica el artículo.
Explicación redactada con ayuda de inteligencia artificial y contrastada con el texto oficial del BOE el 3 de octubre de 2026. Explica lo que dice la norma; no es asesoramiento sobre su caso.