Saltar al contenido
Inteligencia artificial. Criterio jurídico. Un mismo equipo. Urgencias 24 h · 872 290 320
JBH Servicios Jurídicos DEFENSA PENAL

Explora JBH Legal

Todo el contexto. Un mismo punto de encuentro.

PlataformaVisión generalLetrado IAVigilante de PlazosModo Guardia 24 hSimulador de ConformidadLa plataforma en tu móvilSeguridad y confidencialidadCómo verificamos
ServiciosPenalCivilMercantilLaboralFamiliaFiscal y tributarioDemandas colectivasLey de la Segunda OportunidadPeritos judiciales y de parteDetective privado y pruebasMás áreas jurídicasServicios especializados
HerramientasCalculadora de plazosBuscador de jurisprudenciaVerificador de citasCalculadora de prescripciónCalculadora de penaGuía de la fase procesalDerechos del detenido¿Qué hacer si te detienen?Explicador de ECLI¿Vía civil o penal?Calculadora de retorno de la inversiónTodas las herramientas
RecursosGuías jurídicasEnciclopediaManuales y vídeosInsightsPara abogadosPara peritosPreguntas frecuentesCasos de éxito
Planes y preciosPlanes jurídicos e igualasTodos los planesCalcula tu planPrecios y costesHonorarios por materiaPrecio de un peritajeLa IA, por usoPlanes para despachos
SeguridadÁrea clienteÁrea abogados Evaluar mi caso Urgencias: 872 290 320

CON Contencioso-administrativo

Artículo 28 Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa

Texto oficial del BOE, literal, con su fecha de vigencia y el enlace al texto consolidado.

El texto oficial, literal

No es admisible el recurso contencioso-administrativo respecto de los actos que sean reproducción de otros anteriores definitivos y firmes y los confirmatorios de actos consentidos por no haber sido recurridos en tiempo y forma.

En el Tribunal Constitucional

El Tribunal Constitucional cita este artículo en 13 sentencias de su repertorio, la primera de 2002. Las más recientes, con la frase en que lo hace:

  • STC 183/2009 ↗, de 7 de septiembre de 2009 · Recurso de amparo 4485-2005

    …recurso contencioso-administrativo descansa en la consideración de la convocatoria del concurso como un acto firme y consentido en los términos del art. 28 de la Ley de la jurisdicción contencioso-administrativa (LJCA) que, tal y como hemos señalado a propósito de…

  • STC 87/2008 ↗, de 21 de julio de 2008 · Recurso de amparo 8486-2005

    …el recurrente por haberlo consentido, no se fundó exclusivamente en ese argumento [que, en rigor debería haber conducido a un fallo de inadmisión ex arts. 28 y 69 c) LJCA], tampoco dicha argumentación puede ser aceptada. Este Tribunal, lejos de haber declarado irrelevante…

  • STC 53/2008 ↗, de 14 de abril de 2008 · Recurso de amparo 7253-2004

    …segundo lugar, el Ministerio Fiscal señala que, en el presente caso, las resoluciones adoptadas por los órganos judiciales se apoyan en los artículos 25 y 28 LJCA, por lo que no pueden ser consideradas como arbitrarias, manifiestamente irrazonables o incursas en…

  • STC 239/2007 ↗, de 10 de diciembre de 2007 · Recurso de amparo 3809-2004

    …resuelta de forma expresa por lo que, de acuerdo con la doctrina constitucional expuesta, no es posible aceptar como interpretación razonable de los arts. 28 y 46.1 LJCA, respetuosa con el derecho fundamental a la tutela judicial efectiva desde la perspectiva del acceso a…

  • STC 39/2006 ↗, de 13 de febrero de 2006 · Recurso de amparo 824-2003

    …Justicia de Navarra, de 20 de diciembre de 2002, que inadmitió el recurso contencioso-administrativo núm. 877-2001 con base en lo dispuesto en los arts. 69 c) y 28 de la Ley de la jurisdicción contencioso-administrativa (LJCA) al tener por objeto actos administrativos no…

  • STC 132/2005 ↗, de 23 de mayo de 2005 · Recurso de amparo 4883-2001

    …este orden de ideas, argumenta el Ministerio público que los órganos judiciales han considerado que concurre la causa de inadmisión prevista en el art. 28 LJCA, estimando que el acto firme "confirmado por el recurrido es la publicación de las listas definitivas…

Cada sentencia se refiere a la redacción del artículo que regía en su caso, que puede no ser la vigente que se lee arriba. Fuente: texto de las sentencias en el repertorio oficial del Tribunal Constitucional.

DIEZ ÁREAS · UN MISMO MÉTODO