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PEN Penal

Artículo 275 Real Decreto de 14 de septiembre de 1882 por el que se aprueba la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Texto oficial del BOE, literal, con su fecha de vigencia y el enlace al texto consolidado.

El texto oficial, literal

Si la querella fuese por delito que no pueda ser perseguido sino a instancia de parte, se entenderá abandonada por el que la hubiere interpuesto cuando dejare de instar el procedimiento dentro de los diez días siguientes a la notificación del auto en que el Juez o el Tribunal así lo hubiese acordado.

Al efecto, a los diez días de haberse practicado las últimas diligencias pedidas por el querellante, o de estar paralizada la causa por falta de instancia del mismo, mandará de oficio el Juez o Tribunal que conociere de los autos que aquél pida lo que convenga a su derecho en el término fijado en el párrafo anterior.

En lenguaje claro

Este artículo se refiere a la querella por un delito que no puede ser perseguido sino a instancia de parte. En estos casos, se entenderá abandonada por quien la hubiere interpuesto cuando deje de instar el procedimiento dentro de los diez días siguientes a la notificación del auto en que el Juez o Tribunal así lo hubiese acordado.

El texto fija un mecanismo concreto: a los diez días de haberse practicado las últimas diligencias pedidas por el querellante, o de estar paralizada la causa por falta de instancia del mismo, el Juez o Tribunal que conociere de los autos mandará de oficio que aquél pida lo que convenga a su derecho en el término indicado. El artículo no detalla otros supuestos ni consecuencias añadidas.

Esta explicación es informativa y no sustituye el consejo de un abogado colegiado, que podrá valorar su caso concreto.

Preguntas frecuentes

¿Qué plazo tengo para instar el procedimiento tras la notificación?
El artículo indica diez días siguientes a la notificación del auto en que el Juez o Tribunal lo haya acordado.
¿Cuándo se entiende abandonada la querella?
Cuando se trata de un delito que no puede ser perseguido sino a instancia de parte y el querellante no insta el procedimiento dentro de esos diez días.

Explicación redactada con ayuda de inteligencia artificial y contrastada con el texto oficial del BOE el 3 de octubre de 2026. Explica lo que dice la norma; no es asesoramiento sobre su caso.

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