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EXT Extranjería

Artículo 260 Real Decreto 557/2011, de 20 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, tras su reforma por Ley Orgánica 2/2009

Dependencia. Texto oficial del BOE, literal, con su fecha de vigencia y el enlace al texto consolidado.

El texto oficial, literal

Dependencia

1. Las Oficinas de Extranjería dependerán orgánicamente de la correspondiente Delegación o Subdelegación del Gobierno, se encuadrarán en las Áreas funcionales de Trabajo e Inmigración, y dependerán funcionalmente del Ministerio de Trabajo e Inmigración, a través de la Secretaría de Estado de Inmigración y Emigración, y del Ministerio del Interior, ambos en el ámbito de sus respectivas competencias.

2. Las Oficinas de Extranjería se regirán por lo dispuesto en este Reglamento, así como por su normativa de creación y funcionamiento.

En lenguaje claro

El artículo 260 del Reglamento de Extranjería regula de qué organismos dependen las Oficinas de Extranjería.

El precepto establece una doble dependencia. Por un lado, orgánicamente (es decir, en cuanto a su estructura y jerarquía interna) estas oficinas dependen de la Delegación o Subdelegación del Gobierno que les corresponda, y se encuadran dentro de las Áreas funcionales de Trabajo e Inmigración. Por otro lado, funcionalmente (es decir, en cuanto al desarrollo de sus tareas) dependen del Ministerio de Trabajo e Inmigración, a través de la Secretaría de Estado de Inmigración y Emigración, y también del Ministerio del Interior, cada uno dentro de sus respectivas competencias. Además, el artículo señala que estas oficinas se rigen por este Reglamento y por su propia normativa de creación y funcionamiento.

Para una consulta sobre su caso concreto, se recomienda acudir a un abogado colegiado.

Preguntas frecuentes

¿De quién dependen orgánicamente las Oficinas de Extranjería?
Dependen orgánicamente de la correspondiente Delegación o Subdelegación del Gobierno y se encuadran en las Áreas funcionales de Trabajo e Inmigración.
¿Qué normativa rige las Oficinas de Extranjería?
Se rigen por lo dispuesto en este Reglamento y por su normativa de creación y funcionamiento.

Explicación redactada con ayuda de inteligencia artificial y contrastada con el texto oficial del BOE el 3 de octubre de 2026. Explica lo que dice la norma; no es asesoramiento sobre su caso.

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