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Artículo 251 Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Concursal

Principio de universalidad. Texto oficial del BOE, literal, con su fecha de vigencia y el enlace al texto consolidado.

El texto oficial, literal

Principio de universalidad

1. Todos los créditos contra el deudor, ordinarios o no, a la fecha de la declaración de concurso, cualquiera que sea la nacionalidad y el domicilio del acreedor, quedarán de derecho integrados en la masa pasiva, estén o no reconocidos en el procedimiento, salvo que tengan la consideración de créditos contra la masa.

2. En caso de concurso de persona casada en régimen de gananciales o cualquier otro de comunidad de bienes, los créditos contra el cónyuge del concursado, que sean, además, créditos de responsabilidad de la sociedad o comunidad conyugal, quedarán de derecho integrados en la masa pasiva.

En lenguaje claro

El artículo 251 del Texto Refundido de la Ley Concursal recoge el llamado «principio de universalidad» de la masa pasiva.

El primer apartado dice que, a la fecha de la declaración del concurso, todos los créditos contra el deudor quedan integrados de derecho en la masa pasiva. Da igual si son ordinarios o no, y da igual la nacionalidad o el domicilio del acreedor. Tampoco importa si esas deudas están o no reconocidas en el procedimiento. La excepción son los créditos que tengan la consideración de créditos contra la masa.

El segundo apartado añade una regla para el concurso de persona casada en régimen de gananciales o en otro régimen de comunidad de bienes: los créditos contra el cónyuge del concursado quedan también integrados de derecho en la masa pasiva si son créditos de responsabilidad de la sociedad o comunidad conyugal. Para su caso concreto, consulte con un abogado colegiado.

Preguntas frecuentes

¿Qué créditos quedan fuera de la masa pasiva?
Según el artículo, quedan fuera los créditos que tengan la consideración de créditos contra la masa.
¿Afecta la nacionalidad del acreedor para entrar en la masa pasiva?
No. El artículo indica que se integran todos los créditos cualquiera que sea la nacionalidad y el domicilio del acreedor.

Explicación redactada con ayuda de inteligencia artificial y contrastada con el texto oficial del BOE el 3 de octubre de 2026. Explica lo que dice la norma; no es asesoramiento sobre su caso.

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