Saltar al contenido
Inteligencia artificial. Criterio jurídico. Un mismo equipo. Urgencias 24 h · 872 290 320
JBH Servicios Jurídicos DEFENSA PENAL

Explora JBH Legal

Todo el contexto. Un mismo punto de encuentro.

PlataformaVisión generalLetrado IAVigilante de PlazosModo Guardia 24 hSimulador de ConformidadLa plataforma en tu móvilSeguridad y confidencialidadCómo verificamos
ServiciosPenalCivilMercantilLaboralFamiliaFiscal y tributarioDemandas colectivasLey de la Segunda OportunidadPeritos judiciales y de parteDetective privado y pruebasMás áreas jurídicasServicios especializados
HerramientasCalculadora de plazosBuscador de jurisprudenciaVerificador de citasCalculadora de prescripciónCalculadora de penaGuía de la fase procesalDerechos del detenido¿Qué hacer si te detienen?Explicador de ECLI¿Vía civil o penal?Calculadora de retorno de la inversiónTodas las herramientas
RecursosGuías jurídicasEnciclopediaManuales y vídeosInsightsPara abogadosPara peritosPreguntas frecuentesCasos de éxito
Planes y preciosPlanes jurídicos e igualasTodos los planesCalcula tu planPrecios y costesHonorarios por materiaPrecio de un peritajeLa IA, por usoPlanes para despachos
SeguridadÁrea clienteÁrea abogados Evaluar mi caso Urgencias: 872 290 320

FIS Fiscal y tributario

Artículo 248 Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria

Recursos. Texto oficial del BOE, literal, con su fecha de vigencia y el enlace al texto consolidado.

El texto oficial, literal

Recursos

Contra las resoluciones que se dicten en el procedimiento previsto en esta sección no podrá interponerse recurso de alzada ordinario, pero podrán proceder, en su caso, los demás recursos regulados en la sección anterior.

En lenguaje claro

El artículo 248 de la Ley General Tributaria regula los recursos contra las resoluciones dictadas en el procedimiento al que pertenece esta sección de la ley.

Lo que dice el artículo es que contra esas resoluciones no cabe interponer recurso de alzada ordinario. El propio artículo añade que sí podrán proceder, en su caso, los demás recursos regulados en la sección anterior de la misma ley. El artículo no detalla cuáles son esos recursos ni sus plazos o requisitos: solo remite a esa sección anterior. Para saber qué recursos concretos pueden plantearse en cada caso y cómo hacerlo, conviene consultar con un abogado colegiado que valore la situación.

Preguntas frecuentes

¿Se puede presentar recurso de alzada ordinario contra estas resoluciones?
No. El artículo 248 LGT establece que contra las resoluciones dictadas en el procedimiento previsto en esta sección no podrá interponerse recurso de alzada ordinario.
¿Qué otros recursos pueden interponerse?
Según el artículo, podrán proceder, en su caso, los demás recursos regulados en la sección anterior, sin que este precepto detalle cuáles son.

Explicación redactada con ayuda de inteligencia artificial y contrastada con el texto oficial del BOE el 3 de octubre de 2026. Explica lo que dice la norma; no es asesoramiento sobre su caso.

DIEZ ÁREAS · UN MISMO MÉTODO