Saltar al contenido
Inteligencia artificial. Criterio jurídico. Un mismo equipo. Urgencias 24 h · 872 290 320
JBH Servicios Jurídicos DEFENSA PENAL

Explora JBH Legal

Todo el contexto. Un mismo punto de encuentro.

PlataformaVisión generalLetrado IAVigilante de PlazosModo Guardia 24 hSimulador de ConformidadLa plataforma en tu móvilSeguridad y confidencialidadCómo verificamos
ServiciosPenalCivilMercantilLaboralFamiliaFiscal y tributarioDemandas colectivasLey de la Segunda OportunidadPeritos judiciales y de parteDetective privado y pruebasMás áreas jurídicasServicios especializados
HerramientasCalculadora de plazosBuscador de jurisprudenciaVerificador de citasCalculadora de prescripciónCalculadora de penaGuía de la fase procesalDerechos del detenido¿Qué hacer si te detienen?Explicador de ECLI¿Vía civil o penal?Calculadora de retorno de la inversiónTodas las herramientas
RecursosGuías jurídicasEnciclopediaManuales y vídeosInsightsPara abogadosPara peritosPreguntas frecuentesCasos de éxito
Planes y preciosPlanes jurídicos e igualasTodos los planesCalcula tu planPrecios y costesHonorarios por materiaPrecio de un peritajeLa IA, por usoPlanes para despachos
SeguridadÁrea clienteÁrea abogados Evaluar mi caso Urgencias: 872 290 320

Artículo 219 Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial

Texto oficial del BOE, literal, con su fecha de vigencia y el enlace al texto consolidado.

El texto oficial, literal

Artículo doscientos diecinueve · LOPJ

Artículo 219.

Son causas de abstención y, en su caso, de recusación:

1.ª El vínculo matrimonial o situación de hecho asimilable y el parentesco por consanguinidad o afinidad dentro del cuarto grado con las partes o el representante del Ministerio Fiscal.

2.ª El vínculo matrimonial o situación de hecho asimilable y el parentesco por consanguinidad o afinidad dentro del segundo grado con el letrado o el procurador de cualquiera de las partes que intervengan en el pleito o causa.

3.ª Ser o haber sido defensor judicial o integrante de los organismos tutelares de cualquiera de las partes, o haber estado bajo el cuidado o tutela de alguna de éstas.

4.ª Estar o haber sido denunciado o acusado por alguna de las partes como responsable de algún delito o falta, siempre que la denuncia o acusación hubieran dado lugar a la incoación de procedimiento penal y éste no hubiera terminado por sentencia absolutoria o auto de sobreseimiento.

5.ª Haber sido sancionado disciplinariamente en virtud de expediente incoado por denuncia o a iniciativa de alguna de las partes.

6.ª Haber sido defensor o representante de alguna de las partes, emitido dictamen sobre el pleito o causa como letrado, o intervenido en él como fiscal, perito o testigo.

7.ª Ser o haber sido denunciante o acusador de cualquiera de las partes.

8.ª Tener pleito pendiente con alguna de éstas.

9.ª Amistad íntima o enemistad manifiesta con cualquiera de las partes.

10.ª Tener interés directo o indirecto en el pleito o causa.

11.ª Haber participado en la instrucción de la causa penal o haber resuelto el pleito o causa en anterior instancia.

12.ª Ser o haber sido una de las partes subordinado del juez que deba resolver la contienda litigiosa.

13.ª Haber ocupado cargo público, desempeñado empleo o ejercido profesión con ocasión de los cuales haya participado directa o indirectamente en el asunto objeto del pleito o causa o en otro relacionado con el mismo.

14.ª En los procesos en que sea parte la Administración pública, encontrarse el juez o magistrado con la autoridad o funcionario que hubiese dictado el acto o informado respecto del mismo o realizado el hecho por razón de los cuales se sigue el proceso en alguna de las circunstancias mencionadas en las causas 1.ª a 9.ª, 12.ª, 13.ª y 15.ª de este artículo.

15.ª El vínculo matrimonial o situación de hecho asimilable, o el parentesco dentro del segundo grado de consanguinidad o afinidad, con el juez o magistrado que hubiera dictado resolución o practicado actuación a valorar por vía de recurso o en cualquier fase ulterior del proceso.

16.ª Haber ocupado el juez o magistrado cargo público o administrativo con ocasión del cual haya podido tener conocimiento del objeto del litigio y formar criterio en detrimento de la debida imparcialidad.

Cómo ha cambiado

Antes de la redacción vigente, el artículo 219 LOPJ tuvo 3 redacciones. Cada una rigió hasta el día en que entró en vigor la siguiente; las fechas y los textos son los del texto consolidado del BOE.

  1. Del 06/12/1997 al 15/01/2004 · redacción de la Ley Orgánica 5/1997

    Son causas de abstención y, en su caso, de recusación:.

    1.º El vínculo matrimonial o situación de hecho asimilable y el parentesco por consanguinidad o afinidad dentro del cuarto grado con cualquiera de los expresados en el artículo anterior.

    2.º El vínculo matrimonial o situación de hecho asimilable y el parentesco por consanguinidad o afinidad dentro del segundo grado con el Letrado y el Procurador de cualquiera de las partes que intervengan en el pleito o causa.

    3.º Ser o haber sido defensor judicial o integrante de los organismos tutelares de cualquiera de las partes, o haber estado bajo el cuidado o tutela de alguna de éstas.

    4.º Estar o haber sido denunciado o acusado por alguna de las partes como responsable de algún delito o falta.

    5.º Haber sido defensor o representante de alguna de las partes, emitido dictamen sobre el pleito o causa como Letrado, o intervenido en él como Fiscal, perito o testigo.

    6.º Ser o haber sido denunciante o acusador de cualquiera de las partes.

    7.º Tener pleito pendiente con alguna de éstas.

    8.º Amistad íntima o enemistad manifiesta con cualquiera de los expresados en el artículo anterior.

    9.º Tener interés directo o indirecto con el pleito o causa.

    10.º Haber actuado como instructor de la causa penal o haber resuelto el pleito o causa en anterior instancia.

    11.º Ser una de las partes subordinado del Juez que deba resolver la contienda litigiosa.

    12.º Haber ocupado el Juez o Magistrado cargo público con ocasión del cual haya podido formar criterio, en detrimento de la debida imparcialidad, sobre el objeto del pleito o causa, sobre las partes, sus representantes y asesores.

    Ya no está en vigor. BOE-A-1997-26034 en el BOE ↗

  2. Del 01/01/1989 al 06/12/1997 · redacción de la Ley Orgánica 7/1988

    Son causas de abstención y, en su caso, de recusación:.

    1.º El vínculo matrimonial o situación de hecho asimilable y el parentesco por consanguinidad o afinidad dentro del cuarto grado con cualquiera de los expresados en el artículo anterior.

    2.º El vínculo matrimonial o situación de hecho asimilable y el parentesco por consanguinidad o afinidad dentro del segundo grado con el Letrado y el Procurador de cualquiera de las partes que intervengan en el pleito o causa.

    3.º Ser o haber sido defensor judicial o integrante de los organismos tutelares de cualquiera de las partes, o haber estado bajo el cuidado o tutela de alguna de éstas.

    4.º Estar o haber sido denunciado o acusado por alguna de las partes como responsable de algún delito o falta.

    5.º Haber sido defensor o representante de alguna de las partes, emitido dictamen sobre el pleito o causa como Letrado, o intervenido en él como Fiscal, perito o testigo.

    6.º Ser o haber sido denunciante o acusador de cualquiera de las partes.

    7.º Tener pleito pendiente con alguna de éstas.

    8.º Amistad íntima o enemistad manifiesta con cualquiera de los expresados en el artículo anterior.

    9.º Tener interés directo o indirecto con el pleito o causa.

    10.º Haber actuado como instructor de la causa penal o haber resuelto el pleito o causa en anterior instancia.

    11.º Ser una de las partes subordinado del Juez que deba resolver la contienda litigiosa.

    Ya no está en vigor. BOE-A-1988-29621 en el BOE ↗

  3. Del 03/07/1985 al 01/01/1989 · redacción original

    Son causas de abstención y, en su caso, de recusación:.

    1.º El vínculo matrimonial o situación de hecho asimilable y el parentesco por consanguinidad o afinidad dentro del cuarto grado con cualquiera de los expresados en el artículo anterior.

    2.º El vínculo matrimonial o situación de hecho asimilable y el parentesco por consanguinidad o afinidad dentro del segundo grado con el Letrado y el Procurador de cualquiera de las partes que intervengan en el pleito o causa.

    3.º Ser o haber sido defensor judicial o integrante de los organismos tutelares de cualquiera de las partes, o haber estado bajo el cuidado o tutela de alguna de éstas.

    4.º Estar o haber sido denunciado o acusado por alguna de las partes como responsable de algún delito o falta.

    5.º Haber sido defensor o representante de alguna de las partes, emitido dictamen sobre el pleito o causa como Letrado, o intervenido en él como Fiscal, perito o testigo.

    6.º Ser o haber sido denunciante o acusador de cualquiera de las partes.

    7.º Tener pleito pendiente con alguna de éstas.

    8.º Amistad íntima o enemistad manifiesta con cualquiera de los expresados en el artículo anterior.

    9.º Tener interés directo o indirecto con el pleito o causa.

    10.º Haber sido instructor de la causa cuando el conocimiento del juicio esté atribuido a otro Tribunal o haber fallado el pleito o causa en anterior instancia.

    11.º Ser una de las partes subordinado del Juez que deba resolver la contienda litigiosa.

    Ya no está en vigor. BOE-A-1985-12666 en el BOE ↗

En el Tribunal Constitucional

El Tribunal Constitucional cita este artículo en 156 sentencias de su repertorio, la primera de 1988. Las más recientes, con la frase en que lo hace:

  • STC 12/2023 ↗, de 6 de marzo de 2023 · Recurso de amparo 163-2020

    …de reconocimiento en el acto homenaje que se organizó para aquel y que ello debe considerarse un supuesto equiparable a la amistad íntima del art. 219.9 LOPJ, generando un temor objetivo a que el juzgador sea influenciado en su comportamiento y decisión,…

  • STC 34/2023 ↗, de 7 de febrero de 2023 · Recurso de inconstitucionalidad 1760-2021

    …80 LOTC, comunicó su voluntad de abstenerse en el conocimiento del presente recurso de inconstitucionalidad por entender que concurría la causa del art. 219.13 LOPJ. Por el ATC 62/2023 , de 21 de febrero, el Pleno de este tribunal acordó estimar justificada la…

  • STC 144/2022 ↗, de 15 de noviembre de 2022 · Recurso de amparo 5513-2020

    …Espejel Jorquera, por considerar que el primero se hallaba incurso en los motivos de recusación recogidos en los apartados 9, 10, 13 y 14 del art. 219 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), y la segunda en los apartados 10, 13 y 16 del mismo precepto…

  • STC 58/2022 ↗, de 7 de abril de 2022 · Recurso de amparo 5739-2021

    …259/2015 y 98/2019 anteriormente señalados han conformado y conforman el pleno de este tribunal, alegando a tal efecto las causas 7, 10 y 13 del art. 219.1 LOPJ. e) Por otrosí segundo, se solicita que de manera cautelarísima, al amparo de lo dispuesto en el art.…

  • STC 46/2022 ↗, de 24 de marzo de 2022 · Recurso de amparo 1599-2020

    …, de 9 de mayo, FJ 7, y 47/1998 , de 2 de marzo, FJ 4). Conecta esta pretensión con la concurrencia de la causa de abstención prevista en el art. 219.10 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), existencia de interés directo o indirecto. Finalmente hace…

  • STC 45/2022 ↗, de 23 de marzo de 2022 · Recurso de amparo 1621-2020

    …ahora recurrida. Los motivos de abstención, o en su caso de recusación, que concurrían eran los previstos en los apartados 9, 10, 11 y/o 13 del art. 219 LOPJ. A continuación, en la demanda se especifica la justificación de la queja conforme al siguiente…

Cada sentencia se refiere a la redacción del artículo que regía en su caso, que puede no ser la vigente que se lee arriba. Fuente: texto de las sentencias en el repertorio oficial del Tribunal Constitucional.

DIEZ ÁREAS · UN MISMO MÉTODO