Saltar al contenido
Inteligencia artificial. Criterio jurídico. Un mismo equipo. Urgencias 24 h · 872 290 320
JBH Servicios Jurídicos DEFENSA PENAL

Explora JBH Legal

Todo el contexto. Un mismo punto de encuentro.

PlataformaVisión generalLetrado IAVigilante de PlazosModo Guardia 24 hSimulador de ConformidadLa plataforma en tu móvilSeguridad y confidencialidadCómo verificamos
ServiciosPenalCivilMercantilLaboralFamiliaFiscal y tributarioDemandas colectivasLey de la Segunda OportunidadPeritos judiciales y de parteDetective privado y pruebasMás áreas jurídicasServicios especializados
HerramientasCalculadora de plazosBuscador de jurisprudenciaVerificador de citasCalculadora de prescripciónCalculadora de penaGuía de la fase procesalDerechos del detenido¿Qué hacer si te detienen?Explicador de ECLI¿Vía civil o penal?Calculadora de retorno de la inversiónTodas las herramientas
RecursosGuías jurídicasEnciclopediaManuales y vídeosInsightsPara abogadosPara peritosPreguntas frecuentesCasos de éxito
Planes y preciosPlanes jurídicos e igualasTodos los planesCalcula tu planPrecios y costesHonorarios por materiaPrecio de un peritajeLa IA, por usoPlanes para despachos
SeguridadÁrea clienteÁrea abogados Evaluar mi caso Urgencias: 872 290 320

LAB Laboral

Artículo 212 Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social

Imprescriptibilidad. Texto oficial del BOE, literal, con su fecha de vigencia y el enlace al texto consolidado.

El texto oficial, literal

Imprescriptibilidad

El derecho al reconocimiento de la pensión de jubilación es imprescriptible, sin perjuicio de que, en los supuestos de jubilación en situación de alta, los efectos de tal reconocimiento se produzcan a partir de los tres meses anteriores a la fecha en que se presente la correspondiente solicitud.

En lenguaje claro

El artículo 212 de la Ley General de la Seguridad Social establece que el derecho al reconocimiento de la pensión de jubilación es imprescriptible. En la práctica, significa que usted puede solicitar el reconocimiento de su pensión de jubilación sin que exista un plazo que se lo impida por haber dejado pasar el tiempo.

Ahora bien, el propio artículo introduce un matiz cuando la jubilación se produce estando en situación de alta. En esos casos, los efectos del reconocimiento se producen a partir de los tres meses anteriores a la fecha en que se presente la correspondiente solicitud.

Si su situación concreta plantea dudas sobre cuándo pedir la pensión o cómo le afectan los efectos de la solicitud, lo recomendable es consultar con un abogado colegiado que valore su caso.

Preguntas frecuentes

¿Prescribe el derecho a pedir la pensión de jubilación?
No. El artículo 212 establece que el derecho al reconocimiento de la pensión de jubilación es imprescriptible.
¿Desde cuándo se producen los efectos si estoy en situación de alta?
En los supuestos de jubilación en situación de alta, los efectos del reconocimiento se producen a partir de los tres meses anteriores a la fecha en que se presente la solicitud.

Explicación redactada con ayuda de inteligencia artificial y contrastada con el texto oficial del BOE el 3 de octubre de 2026. Explica lo que dice la norma; no es asesoramiento sobre su caso.

DIEZ ÁREAS · UN MISMO MÉTODO