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CON Contencioso-administrativo

Artículo 20 Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas

Texto oficial del BOE, literal, con su fecha de vigencia y el enlace al texto consolidado.

El texto oficial, literal

Artículo 20. Responsabilidad de la tramitación.

1. Los titulares de las unidades administrativas y el personal al servicio de las Administraciones Públicas que tuviesen a su cargo la resolución o el despacho de los asuntos, serán responsables directos de su tramitación y adoptarán las medidas oportunas para remover los obstáculos que impidan, dificulten o retrasen el ejercicio pleno de los derechos de los interesados o el respeto a sus intereses legítimos, disponiendo lo necesario para evitar y eliminar toda anormalidad en la tramitación de procedimientos.

2. Los interesados podrán solicitar la exigencia de esa responsabilidad a la Administración Pública de que dependa el personal afectado.

En lenguaje claro

El artículo 20 de la Ley 39/2015 señala que los titulares de las unidades administrativas y el personal al servicio de las Administraciones Públicas que tengan a su cargo resolver o despachar los asuntos son responsables directos de su tramitación.

Estos responsables deben adoptar las medidas oportunas para remover los obstáculos que impidan, dificulten o retrasen el ejercicio pleno de los derechos de los interesados o el respeto a sus intereses legítimos, y disponer lo necesario para evitar y eliminar toda anormalidad en la tramitación. El artículo añade que los interesados pueden solicitar la exigencia de esa responsabilidad a la Administración Pública de la que dependa el personal afectado.

Si tiene dudas sobre cómo aplicar este artículo en su caso concreto, le recomendamos consultar con un abogado colegiado.

Preguntas frecuentes

¿Quién es responsable de la tramitación de un procedimiento administrativo?
Los titulares de las unidades administrativas y el personal al servicio de las Administraciones Públicas que tengan a su cargo la resolución o el despacho de los asuntos.
¿A quién se puede pedir que se exija esa responsabilidad?
Los interesados pueden solicitarlo a la Administración Pública de la que dependa el personal afectado.

Explicación redactada con ayuda de inteligencia artificial y contrastada con el texto oficial del BOE el 3 de octubre de 2026. Explica lo que dice la norma; no es asesoramiento sobre su caso.

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