El texto oficial, literal
Mientras no se devenguen las primas de los dos años o los dos últimos dividendos, en su caso, tendrá el crédito del asegurador preferencia sobre los demás créditos.
En lenguaje claro
El artículo 196 de la Ley Hipotecaria establece que el crédito del asegurador tiene preferencia sobre los demás créditos, mientras no se devenguen las primas de los dos años o, en su caso, los dos últimos dividendos.
El precepto no detalla qué ocurre una vez superado ese límite ni cómo se calculan esas cantidades.
Para analizar un caso concreto, lo recomendable es consultar con un abogado colegiado que valore su situación.
Preguntas frecuentes
- ¿Qué crédito tiene preferencia según el artículo 196 LH?
- El crédito del asegurador tiene preferencia sobre los demás créditos.
- ¿Hasta cuándo se mantiene esa preferencia del asegurador?
- Mientras no se devenguen las primas de los dos años o, en su caso, los dos últimos dividendos.
Explicación redactada con ayuda de inteligencia artificial y contrastada con el texto oficial del BOE el 3 de octubre de 2026. Explica lo que dice la norma; no es asesoramiento sobre su caso.