El texto oficial, literal
La forma, extensión y efectos de la hipoteca, así como lo relativo a su constitución, modificación y extinción y a lo demás que no haya sido comprendido en este capítulo, queda sometido a las prescripciones de la Ley Hipotecaria, que continúa vigente.
En lenguaje claro
El artículo 1880 del Código Civil remite, en materia de hipoteca, a otra norma: la Ley Hipotecaria.
En concreto, el artículo indica que la forma, extensión y efectos de la hipoteca quedan sometidos a las prescripciones de la Ley Hipotecaria. También quedan sometidas a esa ley la constitución, la modificación y la extinción de la hipoteca, así como lo demás que no haya sido comprendido en este capítulo del Código Civil. El propio artículo señala que esa Ley Hipotecaria «continúa vigente».
Este precepto no detalla la forma, extensión, efectos, constitución, modificación ni extinción de la hipoteca: remite a otra ley. Para aplicar estas reglas a un caso concreto, conviene consultar con un abogado colegiado.
Preguntas frecuentes
- ¿Qué ley regula la forma y los efectos de la hipoteca?
- Según el artículo, la forma, extensión y efectos de la hipoteca quedan sometidos a las prescripciones de la Ley Hipotecaria.
- ¿A qué norma se remite la constitución y extinción de la hipoteca?
- El artículo remite todo lo relativo a la constitución, modificación y extinción de la hipoteca a la Ley Hipotecaria, que continúa vigente.
Explicación redactada con ayuda de inteligencia artificial y contrastada con el texto oficial del BOE el 3 de octubre de 2026. Explica lo que dice la norma; no es asesoramiento sobre su caso.