El texto oficial, literal
Puede constituirse la renta sobre la vida del que da el capital, sobre la de un tercero o sobre la de varias personas.
También puede constituirse a favor de aquella o aquellas personas sobre cuya vida se otorga, o a favor de otra u otras personas distintas.
En lenguaje claro
El artículo 1803 del Código Civil regula sobre qué vidas puede constituirse una renta vitalicia y a favor de quién puede establecerse.
En su primer párrafo indica que la renta puede constituirse sobre la vida de quien da el capital, sobre la de un tercero o sobre la de varias personas. En el segundo párrafo añade que la renta puede establecerse a favor de aquella o aquellas personas sobre cuya vida se otorga, o a favor de otra u otras personas distintas. Para valorar cómo encajar su situación concreta, le recomendamos consultar con un abogado colegiado.
Preguntas frecuentes
- ¿Sobre la vida de quién puede constituirse una renta vitalicia?
- Puede constituirse sobre la vida de quien da el capital, sobre la de un tercero o sobre la de varias personas.
- ¿A favor de quién puede establecerse la renta vitalicia?
- Puede establecerse a favor de la persona o personas sobre cuya vida se otorga, o a favor de otra u otras personas distintas.
Explicación redactada con ayuda de inteligencia artificial y contrastada con el texto oficial del BOE el 3 de octubre de 2026. Explica lo que dice la norma; no es asesoramiento sobre su caso.