El texto oficial, literal
El mandato puede ser expreso o tácito.
El expreso puede darse por instrumento público o privado y aun de palabra.
La aceptación puede ser también expresa o tácita, deducida esta última de los actos del mandatario.
En el Tribunal Constitucional
El Tribunal Constitucional cita este artículo en 3 sentencias de su repertorio, la primera de 2000. Las más recientes, con la frase en que lo hace:
STC 111/2006 ↗, de 5 de abril de 2006 · Cuestión de inconstitucionalidad 3001-1997
…Castilla-La Mancha, en escrito de 30 de mayo de 1997, equipara la figura del art. 36.2 de la Ley 29/1987 con la del mandato tácito que establece el art. 1710 CC, de modo que, a su juicio, cualquier situación anómala que llegara a producirse sería debida al “traspaso…
STC 113/2006 ↗, de 5 de abril de 2006 · Cuestión de inconstitucionalidad 1438-2000
…alguna cosa por cuenta o encargo de otra (art. 1709 CC); mandato que puede ser expreso (por instrumento público o privado o de palabra) o tácito (art. 1710 CC), y general, que alcanza a todos los negocios del mandante, o especial, que comprende uno o más negocios…
STC 3/2000 ↗, de 17 de enero de 2000 · Recurso de amparo 1258-1996
…fue dirigido a ambos cónyuges y por tanto también a la ahora recurrente en amparo. Cumple igualmente recordar, que tanto en el derecho civil (art. 1710 CC) como en el tributario [art. 27.3 b) del Reglamento General de la Inspección de los Tributos] conocen el…
Cada sentencia se refiere a la redacción del artículo que regía en su caso, que puede no ser la vigente que se lee arriba. Fuente: texto de las sentencias en el repertorio oficial del Tribunal Constitucional.