El texto oficial, literal
Los propietarios y los usuarios
1. Son obligaciones de los propietarios conservar en buen estado la edificación mediante un adecuado uso y mantenimiento, así como recibir, conservar y transmitir la documentación de la obra ejecutada y los seguros y garantías con que ésta cuente.
2. Son obligaciones de los usuarios, sean o no propietarios, la utilización adecuada de los edificios o de parte de los mismos de conformidad con las instrucciones de uso y mantenimiento, contenidas en la documentación de la obra ejecutada.
En lenguaje claro
El artículo 16 de la Ley de Ordenación de la Edificación se refiere a los propietarios y a los usuarios de un edificio y les asigna obligaciones.
A los propietarios les corresponde conservar la edificación en buen estado mediante un adecuado uso y mantenimiento. Además, tienen el deber de recibir, conservar y transmitir la documentación de la obra ejecutada, así como los seguros y garantías con que cuente.
A los usuarios, sean o no propietarios, les corresponde utilizar el edificio o la parte del mismo que ocupen de forma adecuada, siguiendo las instrucciones de uso y mantenimiento contenidas en la documentación de la obra ejecutada. Para dudas concretas sobre su caso, conviene consultar con un abogado colegiado.
Preguntas frecuentes
- ¿A quién se aplica el deber de usar bien el edificio?
- Se aplica a los usuarios, sean o no propietarios, que deben utilizar el edificio conforme a las instrucciones de uso y mantenimiento contenidas en la documentación de la obra ejecutada.
- ¿Qué documentación debe conservar el propietario?
- La documentación de la obra ejecutada y los seguros y garantías con que cuente la edificación, debiendo recibirla, conservarla y transmitirla.
Explicación redactada con ayuda de inteligencia artificial y contrastada con el texto oficial del BOE el 3 de octubre de 2026. Explica lo que dice la norma; no es asesoramiento sobre su caso.