El texto oficial, literal
Normalización
El Ministerio de Empleo y Seguridad Social establecerá la normalización de las bases de cotización que resulten con arreglo a lo establecido en la presente sección.
En lenguaje claro
El artículo 150 de la Ley General de la Seguridad Social se ocupa de la «normalización» de las bases de cotización.
Este precepto encarga al Ministerio de Empleo y Seguridad Social establecer dicha normalización. La normalización se realizará con arreglo a lo establecido en la sección en la que se integra este artículo, sin que el texto detalle aquí el contenido concreto de esas reglas.
Para valorar cómo afecta esta normalización a un caso concreto, se recomienda consultar con un abogado colegiado.
Preguntas frecuentes
- ¿Quién establece la normalización de las bases de cotización?
- Según el artículo, corresponde al Ministerio de Empleo y Seguridad Social establecerla.
- ¿Con arreglo a qué se realiza la normalización de las bases?
- Con arreglo a lo establecido en la sección en la que se integra este artículo.
Explicación redactada con ayuda de inteligencia artificial y contrastada con el texto oficial del BOE el 3 de octubre de 2026. Explica lo que dice la norma; no es asesoramiento sobre su caso.