El texto oficial, literal
Se entenderá entregada la cosa vendida cuando se ponga en poder y posesión del comprador.
Cuando se haga la venta mediante escritura pública, el otorgamiento de ésta equivaldrá a la entrega de la cosa objeto del contrato, si de la misma escritura no resultare o se dedujere claramente lo contrario.
Cómo encaja en su ley
Sale del propio texto de la ley: los artículos que este menciona y los que lo mencionan a él. Se leen juntos.
Lo mencionan
En el Tribunal Constitucional
El Tribunal Constitucional cita este artículo en 3 sentencias de su repertorio, la primera de 2000. Las más recientes, con la frase en que lo hace:
STC 46/2004 ↗, de 23 de marzo de 2004 · Recurso de amparo 4460-2001
…de los artículos 1214, 1218, 1249 y 1253 del Código Civil. Y las Sentencias de 29 de mayo de 1997 y 26 de enero de 1998 respecto al contenido del artículo 1462.2 del Código Civil". Por otra parte, se añadía que "asimismo, y de conformidad con el artículo 477.1 LEC, esta…
STC 150/2001 ↗, de 2 de julio de 2001 · Recursos de amparo 3702-1996, 3789-1996 (acumulados)
…privados suscritos por los terceristas, tal como exige el primero de los artículos mencionados, tampoco se acreditó la tradición exigida por el art. 609 y 1462 del Código civil, para entender consumado el contrato de compraventa". f) La Sala de lo Civil del Tribunal…
STC 63/2000 ↗, de 13 de marzo de 2000 · Recurso de amparo 2885-1996
…debate". En concreto, el primer motivo se basaba en la aplicación indebida de los arts. 36 a 40 de la Compilación de Derecho civil de Aragón y del art. 1462 del Código Civil; y, el segundo, en la inaplicación al caso de los arts. 1.2 de la Compilación de Derecho…
Cada sentencia se refiere a la redacción del artículo que regía en su caso, que puede no ser la vigente que se lee arriba. Fuente: texto de las sentencias en el repertorio oficial del Tribunal Constitucional.