El texto oficial, literal
Art. 13.
No podrán ejercer el comercio ni tener cargo ni intervención directa administrativa o económica en compañías mercantiles o industriales:
(Suprimido)
1.º
2.º Las personas que sean inhabilitadas por sentencia firme conforme a la Ley Concursal mientras no haya concluido el período de inhabilitación. Si se hubiera autorizado al inhabilitado a continuar al frente de la empresa o como administrador de la sociedad concursada, los efectos de la autorización se limitarán a lo específicamente previsto en la resolución judicial que la contenga.
3.º Los que, por Leyes o disposiciones especiales, no puedan comerciar.
Cómo ha cambiado
Antes de la redacción vigente, el artículo 13 CCom tuvo 2 redacciones. Cada una rigió hasta el día en que entró en vigor la siguiente; las fechas y los textos son los del texto consolidado del BOE.
Del 01/09/2004 al 01/01/2012 · redacción de la Ley 22/2003
Art. 13.
No podrán ejercer el comercio ni tener cargo ni intervención directa administrativa o económica en compañías mercantiles o industriales:
(Suprimido)
1.º
2.º Las personas que sean inhabilitadas conforme a la Ley Concursal mientras no haya concluido el período de inhabilitación fijado en la sentencia de calificación del concurso.
3.º Los que, por Leyes o disposiciones especiales, no puedan comerciar.
Ya no está en vigor. BOE-A-2003-13813 en el BOE ↗
Del 01/11/1996 al 01/09/2004 · redacción original
Art. 13.
No podrán ejercer el comercio ni tener cargo ni intervención directa administrativa o económica en compañías mercantiles o industriales:
(Suprimido)
1.º
2.º Los declarados en quiebra, mientras no hayan obtenido rehabilitación, o estén autorizados, en virtud de un convenio aceptado en Junta general de acreedores y aprobado por la autoridad judicial, para continuar al frente de su establecimiento; entendiéndose en tal caso limitada la habilitación a lo expresado en el convenio.
3.º Los que, por Leyes o disposiciones especiales, no puedan comerciar.
Ya no está en vigor. BOE-A-1885-6627 en el BOE ↗