El texto oficial, literal
Para juzgar de la intención de los contratantes, deberá atenderse principalmente a los actos de éstos, coetáneos y posteriores al contrato.
En el Tribunal Constitucional
El Tribunal Constitucional cita este artículo en 2 sentencias de su repertorio, la primera de 1994. Las más recientes, con la frase en que lo hace:
STC 191/2020 ↗, de 17 de diciembre de 2020 · Recurso de amparo 5099-2018
…(Aguas de Valencia) y a la cita de las disposiciones infringidas [artículo 9 CE, y artículos 113 a 115 del Decreto de 17 de septiembre de 1955, y artículos 1258 y 1282 del Código civil (CC)]. Posteriormente, se dictó auto de aclaración con fecha 21 de septiembre de 2017, que…
Cada sentencia se refiere a la redacción del artículo que regía en su caso, que puede no ser la vigente que se lee arriba. Fuente: texto de las sentencias en el repertorio oficial del Tribunal Constitucional.