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CON Contencioso-administrativo

Artículo 128 Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa

Texto oficial del BOE, literal, con su fecha de vigencia y el enlace al texto consolidado.

El texto oficial, literal

1. Los plazos son improrrogables, y una vez transcurridos el Secretario judicial correspondiente tendrá por caducado el derecho y por perdido el trámite que hubiere dejado de utilizarse. No obstante, se admitirá el escrito que proceda, y producirá sus efectos legales, si se presentare dentro del día en que se notifique la resolución, salvo cuando se trate de plazos para preparar o interponer recursos.

2. Durante el mes de agosto no correrá el plazo para interponer el recurso contencioso-administrativo ni ningún otro plazo de los previstos en esta Ley salvo para el procedimiento para la protección de los derechos fundamentales en el que el mes de agosto tendrá carácter de hábil.

3. En casos de urgencia, o cuando las circunstancias del caso lo hagan necesario, las partes podrán solicitar al órgano jurisdiccional que habilite los días inhábiles en el procedimiento para la protección de los derechos fundamentales o en el incidente de suspensión o de adopción de otras medidas cautelares. El Juez o Tribunal oirá a las demás partes y resolverá por auto en el plazo de tres días, acordando en todo caso la habilitación cuando su denegación pudiera causar perjuicios irreversibles.

Cómo ha cambiado

Antes de la redacción vigente, el artículo 128 LJCA tuvo otra redacción. Cada una rigió hasta el día en que entró en vigor la siguiente; las fechas y los textos son los del texto consolidado del BOE.

  1. Del 14/12/1998 al 04/05/2010 · redacción original

    1. Los plazos son improrrogables y una vez transcurridos se tendrá por caducado el derecho y por perdido el trámite que hubiere dejado de utilizarse. No obstante, se admitirá el escrito que proceda, y producirá sus efectos legales, si se presentare dentro del día en que se notifique el auto, salvo cuando se trate de plazos para preparar o interponer recursos.

    2. Durante el mes de agosto no correrá el plazo para interponer el recurso contencioso-administrativo ni ningún otro plazo de los previstos en esta Ley salvo para el procedimiento para la protección de los derechos fundamentales en el que el mes de agosto tendrá carácter de hábil.

    3. En casos de urgencia, o cuando las circunstancias del caso lo hagan necesario, las partes podrán solicitar al órgano jurisdiccional que habilite los días inhábiles en el procedimiento para la protección de los derechos fundamentales o en el incidente de suspensión o de adopción de otras medidas cautelares. El Juez o Tribunal oirá a las demás partes y resolverá por auto en el plazo de tres días, acordando en todo caso la habilitación cuando su denegación pudiera causar perjuicios irreversibles.

    Ya no está en vigor. BOE-A-1998-16718 en el BOE ↗

Cómo encaja en su ley

Sale del propio texto de la ley: los artículos que este menciona y los que lo mencionan a él. Se leen juntos.

Lo mencionan

En el Tribunal Constitucional

El Tribunal Constitucional cita este artículo en 18 sentencias de su repertorio, la primera de 2002. Las más recientes, con la frase en que lo hace:

  • STC 39/2022 ↗, de 21 de marzo de 2022 · Recurso de amparo 5934-2017

    …de veinte días establecido en el art. 241.1 LOPJ para pedir la nulidad debía incluir como días hábiles los del mes de agosto de conformidad con el art. 128.2 de la Ley reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa (LJCA), ya que en este caso concreto el…

  • STC 82/2018 ↗, de 16 de julio de 2018 · Cuestión de inconstitucionalidad 3649-2017

    …escrito alguno presentado por la representación del demandante en el proceso se pasen los autos al Magistrado-Juez “una vez transcurra el plazo del artículo 128 LJCA”. Por lo demás, la Fiscalía aprecia que sí se ha satisfecho el resto de requisitos formales exigibles:…

  • STC 43/2016 ↗, de 3 de marzo de 2016 · Cuestión de inconstitucionalidad 4182-2015

    …el Servicio Andaluz de Salud dejaron pasar el plazo y el Juzgado, por decreto de 12 de junio de 2015, declaró caducado su derecho en aplicación del art. 128.1 LJCA. d) Mediante Auto de 8 de julio de 2015 el Juzgado acordó plantear la cuestión de inconstitucionalidad…

  • STC 116/2012 ↗, de 4 de junio de 2012 · Recurso de amparo 2689-2004

    …archivo de las actuaciones, al no haber subsanado la actora el defecto advertido. En el Auto se hizo expresa advertencia de que, en aplicación del art. 128 LJCA, en la fecha de notificación de la resolución se le admitiría la autoliquidación y el modelo 696 objeto…

  • STC 171/2008 ↗, de 15 de diciembre de 2008 · Recurso de amparo 11207-2006

    …presunta y que se había cometido un error material al computar el plazo por haberse incluido agosto que es inhábil, conforme a lo establecido en el art. 128.2 LJCA. Por Auto de 13 de noviembre de 2006 se denegó la aclaración y el incidente de nulidad, señalando que…

  • STC 24/2008 ↗, de 11 de febrero de 2008 · Recurso de amparo 2477-2003

    …Auto de caducidad, presentó escrito de demanda. b) El Tribunal Superior de Justicia de Murcia por Auto de 12 de noviembre de 2001, en aplicación del art. 128 LJCA, acordó dejar sin efecto su anterior Auto de caducidad y tener por presentado en tiempo y forma el…

Cada sentencia se refiere a la redacción del artículo que regía en su caso, que puede no ser la vigente que se lee arriba. Fuente: texto de las sentencias en el repertorio oficial del Tribunal Constitucional.

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