El texto oficial, literal
Artículo 127 sexies · CP
A los efectos de lo previsto en el artículo anterior serán de aplicación las siguientes presunciones:
1.º Se presumirá que todos los bienes adquiridos por el condenado dentro del período de tiempo que se inicia seis años antes de la fecha de apertura del procedimiento penal, proceden de su actividad delictiva.
A estos efectos, se entiende que los bienes han sido adquiridos en la fecha más temprana en la que conste que el sujeto ha dispuesto de ellos.
2.º Se presumirá que todos los gastos realizados por el penado durante el período de tiempo a que se refiere el párrafo primero del número anterior, se pagaron con fondos procedentes de su actividad delictiva.
3.º Se presumirá que todos los bienes a que se refiere el número 1 fueron adquiridos libres de cargas.
El juez o tribunal podrá acordar que las anteriores presunciones no sean aplicadas con relación a determinados bienes, efectos o ganancias, cuando, en las circunstancias concretas del caso, se revelen incorrectas o desproporcionadas.
En lenguaje claro
El artículo 127 sexies del Código Penal establece unas presunciones aplicables a efectos de lo previsto en el artículo anterior, al que remite.
En concreto, se presume que todos los bienes adquiridos por el condenado desde seis años antes de la apertura del procedimiento penal proceden de su actividad delictiva. También se presume que los gastos hechos en ese mismo período se pagaron con fondos de dicha actividad y que esos bienes se adquirieron libres de cargas. A efectos de fechas, se entiende que el bien se adquirió en la fecha más temprana en que conste que el sujeto dispuso de él.
El propio artículo permite al juez o tribunal no aplicar estas presunciones sobre bienes, efectos o ganancias concretos cuando, en las circunstancias del caso, se revelen incorrectas o desproporcionadas. Para su caso particular, consulte con un abogado colegiado.
Preguntas frecuentes
- ¿Qué periodo de tiempo abarcan estas presunciones?
- El periodo se inicia seis años antes de la fecha de apertura del procedimiento penal.
- ¿Puede el juez dejar de aplicar estas presunciones?
- Sí, el juez o tribunal puede acordar que no se apliquen sobre determinados bienes, efectos o ganancias cuando, en las circunstancias concretas del caso, resulten incorrectas o desproporcionadas.
Explicación redactada con ayuda de inteligencia artificial y contrastada con el texto oficial del BOE el 3 de octubre de 2026. Explica lo que dice la norma; no es asesoramiento sobre su caso.