El texto oficial, literal
Artículo 127 septies · CP
Si la ejecución del decomiso no hubiera podido llevarse a cabo, en todo o en parte, a causa de la naturaleza o situación de los bienes, efectos o ganancias de que se trate, o por cualquier otra circunstancia, el juez o tribunal podrá, mediante auto, acordar el decomiso de otros bienes, incluso de origen lícito, que pertenezcan a los criminalmente responsables del hecho por un valor equivalente al de la parte no ejecutada del decomiso inicialmente acordado.
De igual modo se procederá, cuando se acuerde el decomiso de bienes, efectos o ganancias determinados, pero su valor sea inferior al que tenían en el momento de su adquisición.
En lenguaje claro
El artículo 127 septies del Código Penal se refiere al supuesto en que la ejecución del decomiso no haya podido llevarse a cabo, en todo o en parte, a causa de la naturaleza o situación de los bienes, efectos o ganancias, o por cualquier otra circunstancia.
En esos casos, el juez o tribunal puede acordar, mediante auto, el decomiso de otros bienes, incluso de origen lícito, que pertenezcan a los criminalmente responsables del hecho, por un valor equivalente al de la parte no ejecutada. La misma regla se aplica cuando se acuerde el decomiso de bienes, efectos o ganancias determinados, pero su valor sea inferior al que tenían en el momento de su adquisición.
Para aplicar este artículo a un caso concreto, le recomendamos consultar con un abogado colegiado.
Preguntas frecuentes
- ¿Qué pasa si no se pueden decomisar los bienes originales?
- El juez o tribunal podrá acordar, mediante auto, el decomiso de otros bienes de los criminalmente responsables del hecho por un valor equivalente a la parte no ejecutada.
- ¿Se pueden decomisar bienes de origen lícito?
- Sí. El artículo permite expresamente acordar el decomiso de otros bienes, incluso de origen lícito, por un valor equivalente al de la parte no ejecutada.
Explicación redactada con ayuda de inteligencia artificial y contrastada con el texto oficial del BOE el 3 de octubre de 2026. Explica lo que dice la norma; no es asesoramiento sobre su caso.