El texto oficial, literal
Artículo 127 octies · CP
1. A fin de garantizar la efectividad del decomiso, los bienes, medios, instrumentos y ganancias podrán ser aprehendidos o embargados y puestos en depósito por la autoridad judicial desde el momento de las primeras diligencias.
2. Corresponderá al juez o tribunal resolver, conforme a lo dispuesto en la Ley de Enjuiciamiento Criminal, sobre la realización anticipada o utilización provisional de los bienes y efectos intervenidos.
3. Los bienes, instrumentos y ganancias decomisados por resolución firme, salvo que deban ser destinados al pago de indemnizaciones a las víctimas, serán adjudicados al Estado, que les dará el destino que se disponga legal o reglamentariamente.
En lenguaje claro
El artículo 127 octies del Código Penal regula qué puede hacer la justicia con los bienes, medios, instrumentos y ganancias relacionados con un delito, a fin de garantizar la efectividad del decomiso.
En su primer apartado permite que la autoridad judicial los aprehenda o embargue y los deje en depósito desde las primeras diligencias. En el segundo, atribuye al juez o tribunal la decisión sobre la realización anticipada o utilización provisional de los bienes y efectos intervenidos, conforme a lo dispuesto en la Ley de Enjuiciamiento Criminal.
El tercer apartado indica que, cuando el decomiso es firme, los bienes, instrumentos y ganancias se adjudican al Estado, que les dará el destino que se disponga legal o reglamentariamente, salvo que deban destinarse al pago de indemnizaciones a las víctimas. El artículo no detalla cuál es ese destino concreto. Para su caso concreto, conviene consultar con un abogado colegiado.
Preguntas frecuentes
- ¿Desde cuándo se pueden embargar los bienes?
- Según el artículo, pueden ser aprehendidos o embargados y puestos en depósito por la autoridad judicial desde el momento de las primeras diligencias.
- ¿A quién se adjudican los bienes decomisados?
- Los bienes, instrumentos y ganancias decomisados por resolución firme se adjudican al Estado, salvo que deban destinarse al pago de indemnizaciones a las víctimas.
Explicación redactada con ayuda de inteligencia artificial y contrastada con el texto oficial del BOE el 3 de octubre de 2026. Explica lo que dice la norma; no es asesoramiento sobre su caso.