El texto oficial, literal
Hay dolo cuando, con palabras o maquinaciones insidiosas de parte de uno de los contratantes, es inducido el otro a celebrar un contrato que, sin ellas, no hubiera hecho.
En el Tribunal Constitucional
El Tribunal Constitucional cita este artículo en una sentencia de su repertorio. Las más recientes, con la frase en que lo hace:
STC 143/2020 ↗, de 19 de octubre de 2020 · Recurso de amparo 4181-2018
…inventario de los bienes; y de otro lado la anulabilidad de la adjudicación al demandado de aquella finca rústica por vicios del consentimiento, ex arts. 997, 1265, 1269 y 1270 del Código civil (CC), por haber actuado este con dolo o engaño acerca de su verdadero valor y las…
Cada sentencia se refiere a la redacción del artículo que regía en su caso, que puede no ser la vigente que se lee arriba. Fuente: texto de las sentencias en el repertorio oficial del Tribunal Constitucional.